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Luz verde al nuevo reglamento de Extranjería, que facilitará permisos de residencia y trabajo a unos 15.000 jóvenes migrantes

MADRID
SERVIMEDIA

Unos 15.000 jóvenes se beneficiarán de los cambios en el reglamento de la Ley de Extranjería aprobados este martes en Consejo de Ministros, que buscan simplificar los procedimientos administrativos de acceso a los permisos de residencia y trabajo para los menores extranjeros tutelados por la Administración cuando cumplen la mayoría de edad.

Según anunció la ministra portavoz, Isabel Rodríguez, la reforma beneficiará a unos 8.000 menores extranjeros no acompañados que actualmente están bajo la tutela de las comunidades autónomas y a 7.000 jóvenes migrantes entre 18 y 23 años.

El nuevo régimen jurídico busca la integración de estos menores y de los jóvenes extutelados y, por ello, pretende evitar “la vulnerabilidad que generan situaciones como la irregularidad sobrevenida al cumplir la mayoría de edad”, a la que muchos de ellos se veían abocados ante la rigidez del modelo actual.

Rodríguez apuntó que el Real Decreto aprobado hoy modifica la Ley sobre los Derechos y Libertades de los Extranjeros en España, la llamada Ley de extranjería, y que “pretende homologar la normativa española con el resto de países de la UE”.

“El objetivo es simplificar los procedimientos, reducir el ámbito de documentación (que han de acreditar) estos menores y evitar que lleguen a los 18 años indocumentados”, explicó la portavoz. De este modo, prosiguió, se facilita su acceso al mercado de trabajo y “les evitamos cargas administrativas”.

A su juicio, estos cambios permitirán que la inversión que las comunidades autónomas han realizado en estos menores (en educación, salud, integración social….) “no se pierda cuando lleguen a la mayoría de edad”.

Entre otros puntos, el Real Decreto establece un régimen propio para los jóvenes extutelados, con requisitos más acordes a su realidad, y permite, por ejemplo, prolongar la duración de las autorizaciones de residencia para que aquellos que ahora tienen entre 18 y 23 años y que se han visto abocados a la irregularidad sobrevenida puedan acceder a una autorización de trabajo.

MENORES

Por otro lado, se modifica el artículo 196 del reglamento de Extranjería, a fin de simplificar el procedimiento de documentación cuando se trata de menores de edad, a los que a partir de ahora se autorizará para trabajar a partir de los 16 años (como el resto de jóvenes de su edad).

En primer lugar, se reduce el plazo para acreditar la imposibilidad de retorno de 9 a 3 meses (una vez superados, las oficinas de extranjería documentarán de oficio a estas personas sin que el procedimiento interfiera en una posible repatriación). No obstante, si la repatriación tiene finalmente lugar, la autorización concedida se extinguiría. Asimismo, se incrementa la vigencia de la autorización inicial de uno a dos años y de la autorización de renovación a tres años, y la exigencia de acta notarial para la cédula de inscripción queda sustituida por un informe de la entidad de protección de menores.

EXTTUTELADOS

La reforma establece un régimen propio para los jóvenes no acompañados que alcanzan la mayoría de edad, con la modificación de los artículos 197 y 198 del Reglamento de Extranjería.

Para aquellos que llegan a los 18 años documentados (artículo 197), se establece un régimen propio sin referencias a residencia no lucrativa, lo que favorece la continuidad de la autorización que estos tenían como menores. Además, el requisito de acreditación de medios suficientes se ajusta a una cuantía más adecuada (el Tribunal Supremo estableció en el 100% del IPREM el requisito económico para la autorización inicial y del 400% del IPREM en la segunda renovación); se reconoce el acceso a la cuantía máxima de Ingreso Mínimo Vital que se tendría derecho a percibir como hogar unipersonal (470 euros al mes actualmente), y se permite computar los ingresos procedentes de un empleo o del sistema social.

En el caso de los menores que llegan a los 18 años sin documentar, se modifica el artículo 198 para establecer un nuevo sistema que haga posible dicha documentación, por el que accederían a una autorización para residir y trabajar con los mismos requisitos mencionados anteriormente. En ambos casos, tanto para quienes hayan llegado a la mayoría de edad documentados como sin documentar, se tendrán en cuenta los informes sobre esfuerzo de integración, continuidad de estudios o formación.

Finalmente, para aquellos jóvenes extutelados que tienen ahora entre 18 y 23 años y que se encuentran indocumentados, se pone en marcha un procedimiento para que puedan acceder a la autorización prevista para los menores que llegan sin documentar a España.

De nuevo, el objetivo es “evitar que queden en irregularidad sobrevenida y se generen situaciones de exclusión social”, explica el Ministerio.

Según rodríguez, “el proceso de elaboración de este Real Decreto ha contado con una importante participación de particulares, entidades del Tercer Sector y comunidades autónomas”, así como con el respaldo del Consejo de Estado.

Durante el proceso de consulta pública se recibieron 122 aportaciones, mientras que en el trámite de información y audiencia pública hubo otras 15 contribuciones. Además, 11 comunidades autónomas participaron activamente en los trámites y realizaron una valoración positiva de la reforma.

(SERVIMEDIA)
19 Oct 2021
AGQ/clc