Fiscalidad

El Congreso aprueba la modificación del Concierto vasco que incorpora las tasas Tobin y Google

-También introduce los regímenes especiales del IVA del comercio electrónico transfronterizo

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó este jueves con 280 votos a favor, 57 votos en contra y 4 abstenciones el proyecto de ley por el que se modifica el Concierto Económico con el País Vasco para incorporar a este régimen fiscal los nuevos impuestos sobre transacciones financieras y sobre determinados servicios digitales, conocidos como tasas Tobin y Google, respectivamente, así como los regímenes especiales del IVA del comercio electrónico transfronterizo.

Con este proyecto, aprobado por el Consejo de Ministros el 30 de noviembre, el Gobierno da cumplimiento a lo acordado en la última reunión de la Comisión Mixta del Concierto Económico, celebrada el pasado 29 de julio entre la Administración General del Estado y las instituciones competentes del País Vasco.

Durante el debate de este proyecto de ley, la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, recordó la obligación legal de modificar el Concierto Económico vasco cuando se introducen nuevos impuestos, por lo que destacó que el proyecto “cumple escrupulosamente” con la ley y la Constitución.

Así, subrayó que se trata de un trámite parlamentario “frecuente” y que esta es la tercera vez que se tiene que modificar el Concierto Económico desde 2007, además de apuntar que próximamente también tendrá que hacerse con el Concierto navarro, tras la reciente reunión de la Comisión Mixta Estado-Navarra para acordar dicha modificación con el objetivo de introducir los mismos cambios que en este proyecto de ley.

Por tanto, la ministra criticó las dos enmiendas a la totalidad presentadas por Vox y Ciudadanos en oposición a este proyecto -rechazadas por 282 votos en contra, 63 votos a favor y una abstención-, señalándoles que “no es un privilegio”, sino que supone el “respeto de las reglas que hemos acordado entre todos y que nacieron en el propio pacto constitucional”. Por ello, afeó a las formaciones de derecha y ultraderecha su uso del “debate de la crispación” y del “ruido” en busca del “enfrentamiento entre territorios”.

Para Montero, las críticas de Ciudadanos a esta modificación del Concierto Económico vasco son “muestra del desconocimiento sobre el contenido del proyecto de ley, de un procedimiento que es normal y al que obliga la ley” y que supone el “estricto cumplimiento de la Constitución”. Por otro lado, respecto a Vox, incidió en “su posición abiertamente en contra del Estado autonómico y del pacto constitucional en relación con el País Vasco”, criticando que “arremeten contra la modificación del Concierto Vasco desde un modelo centralizador y unitario contrapuesto a la arquitectura constitucional”.

Por su parte, desde Ciudadanos y Vox, criticaron los “privilegios” que en su opinión supone el Concierto Económico para el País Vasco sobre las comunidades autónomas del régimen fiscal común.

En cuanto a las formaciones vascas presentes en el Congreso, la diputada del PNV Idoia Sagastizabal resaltó que el Concierto Económico conlleva “un riesgo” y “una gestión impecable”, mientras que “lo que es un privilegio es gastar más y no tener responsabilidad fiscal alguna”. Asimismo, defendió que “forma parte del régimen foral reconocido y amparado por la Constitución”, por lo que denunció la “demagogia y oportunismo” de Ciudadanos y Vox por “utilizar el Concierto como agravio frente a otras autonomías para intentar obtener un rédito político”.

En nombre de Bildu, Mertxe Aizpurua señaló que con este Concierto Económico “cuando la recaudación va bien, contamos con fondos”, pero que “cuando va mal, nadie nos rescata, nadie nos financia ni nos mantiene a flote”, por lo que “es un mecanismo que nos aporta ventajas, pero también riesgos”.

También intervinieron en el debate los diputados de BNG, Néstor Rego, y Compromís, Joan Baldoví, para criticar el sistema de financiación de autonómica y reclamar una financiación más justa o conciertos económicos para sus respectivas comunidades (Galicia y Comunidad Valenciana, respectivamente).

CONTENIDO
El vigente Concierto Económico con el País Vasco, aprobado en 2002, prevé que en el caso de que se produzca una reforma en el ordenamiento jurídico tributario del Estado que afecte a la concertación de los tributos, se registre una alteración en la distribución de las competencias normativas o se creen nuevas figuras tributarias, se deberá adaptar, de común acuerdo, el propio Concierto.
De esta manera, esta nueva modificación adapta el Concierto a las nuevas normativas comunitarias sobre el IVA del comercio electrónico, así como a los nuevos impuestos en vigor este año a nivel nacional, como son el Impuesto sobre Transacciones Financieras y el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales.
En cuanto a las tasas ‘Tobin’ y ‘Google’, ambas figuras se incorporan al Concierto con País Vasco como tributos concertados de normativa estatal, de modo que la exigencia del pago del impuesto por parte de las Diputaciones Forales se producirá aplicando las mismas normas sustantivas y formales establecidas por el Estado a nivel general.
En ambas figuras tributarias los sujetos pasivos tributarán a las Diputaciones Forales, a la Administración del Estado o a ambas Administraciones en proporción al volumen de operaciones sujetas al impuesto realizado en cada territorio durante el período de liquidación, en el caso del Impuesto sobre Transacciones Financieras, o al volumen de prestaciones de servicios digitales realizado en cada territorio, en el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales. La competencia inspectora se asigna en función del domicilio fiscal del contribuyente.
IVA COMERCIO ELECTRÓNICO
Sobre el IVA del comercio electrónico transfronterizo, la exposición de motivos del proyecto explica que la Comisión Europea ha llevado a cabo “una ambiciosa reforma” de este tributo con la que “ha tratado de diseñar un sistema compatible con un mundo cambiante y globalizado en el que las decisiones de consumo y la provisión de bienes y servicios dejan de ser locales y nacionales, a medida que la economía y los propios consumidores se han adaptado a un entorno cada vez más digital”.
En este sentido, añade que “la reforma está encaminada a modernizar y simplificar el Impuesto sobre el Valor Añadido del comercio electrónico transfronterizo y sus pilares se basan en la reforma del régimen comunitario de ventas a distancia, la aplicación del mecanismo de ventanilla única, así como la igualdad de trato y tributación para proveedores comunitarios y de fuera de la Unión, lo que ha exigido la transposición de diversas directivas europeas por los Estados Miembros y requiere, asimismo, su traslación a las normas forales en el marco del Concierto Económico”.
Así, en el nuevo sistema de IVA del comercio electrónico se generaliza el principio de tributación en destino, que establece que estas operaciones quedan sujetas a IVA en el Estado miembro de llegada de la mercancía o de establecimiento del destinatario. No obstante, para evitar que los empresarios tengan que presentar declaraciones de IVA en cada uno de los Estados miembros en los que radican sus clientes, se les permite optar por el régimen de ventanilla única, mediante el que los empresarios y profesionales podrán presentar una sola declaración-liquidación del impuesto para todas las operaciones de comercio electrónico realizadas en los distintos Estados de la UE.
De esa forma, los contribuyentes presentan sus declaraciones de IVA e ingresan la cuota correspondiente ante la Administración tributaria de un solo Estado miembro, denominado ‘de identificación’, que será aquel por el que hayan optado o sea de aplicación, en función del régimen. Posteriormente, ese Estado distribuye las cantidades que ha recaudado a través de esa ventanilla única a cada uno de los Estados donde se haya producido el consumo.
La competencia para exigir el pago del IVA correspondiente a estos regímenes, cuando España sea el Estado miembro de identificación, corresponderá a la Administración del Estado o a la Diputación Foral que ostente la competencia inspectora sobre los empresarios o profesionales establecidos en el territorio de aplicación del impuesto que hayan optado por la aplicación de dichos regímenes.

(SERVIMEDIA)
23 Dic 2021
IPS/gja