Madrid. Aprobado el calendario de días inhábiles en la región para el año 2013
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La Comunidad de Madrid aprobó hoy el calendario de días inhábiles en la región a efectos del cómputo de plazos en los trámites administrativos para que los madrileños los tengan en cuenta a la hora de hacer sus gestiones relacionados con la Administración regional, explicó su portavoz, Salvador Victoria.
Informó de que la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, determina que las administraciones de las comunidades autónomas fijarán, en su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos, con sujeción al calendario laboral oficial y comprendiendo los días inhábiles de las entidades que integran la Administración Local correspondiente a su ámbito territorial.
Por ello, el Gobierno regional aprobó por decreto un calendario que comprende dos apartados.
El primero se refiere a los días inhábiles en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid que son los siguientes: 1 de enero (Año Nuevo), 7 de enero (lunes siguiente a la Epifanía del Señor), 18 de marzo (traslado de San José), 28 de marzo (Jueves Santo), 29 de marzo (Viernes Santo), 1 de mayo (Fiesta del Trabajo), 2 de mayo (Fiesta de la Comunidad de Madrid), 15 de agosto (Asunción de la Virgen), 12 de octubre(Fiesta Nacional de España), 1 de noviembre (Todos los Santos), 6 de diciembre (Día de la Constitución Española) y 25 de diciembre (Natividad del Señor).
El segundo apartado se refiere a los días inhábiles que establezcan cada uno de los municipios de la Comunidad de Madrid.
(SERVIMEDIA)
27 Dic 2012
SMO