Tráfico. Una víctima por atropello recibirá un 10% más de indemnización pese a estar de baja laboral

MADRID
SERVIMEDIA

La Audiencia Provincial de Madrid ha fallado que un ciudadano reciba un 10% más de indemnización por los daños sufridos tras ser víctima de un robo y después atropellado, a pesar de que en el momento de los hechos se encontraba de baja laboral por una lesión anterior.

De esta forma, la Sección número 4 de la Audiencia Provincial de Madrid ha aceptado íntegramente las alegaciones formuladas por los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), según informó este miércoles esta organización de defensa de los conductores.

Los hechos ocurrieron hace tres años, cuando un socio de AEA que caminaba por una calle de Leganés (Madrid) fue requerido por unos individuos que viajaban a bordo de un vehículo para que les informara acerca de una dirección.

En el momento de acercarse al conductor del vehículo para darle las oportunas indicaciones, la víctima fue sorprendida a traición por otro de los ocupantes del coche, que se había bajado de la parte trasera y le colocó un objeto punzante en la espalda, mientras le instaba a que le entregara la cartera, de la que fueron sustraídos 300 euros.

Una vez con el botín, los delincuentes iniciaron una apresurada huida, arrollando al peatón al que le habían robado, causándole graves lesiones de las que tardó 989 días en curarse y quedándole una secuela valorada por el médico forense con 10 puntos. Los autores del delito fueron detenidos y juzgados y cumplen actualmente una pena de seis años de prisión.

Sin embargo, el caso se complicó en el momento de valorar las lesiones de la víctima, ya que en el momento de producirse el atropello se encontraba de baja laboral por una lesión anterior, con lo que surgió la duda de si en esa circunstancia tenía o no derecho a que se le aplicara el factor de corrección del 10% previsto en el baremo de indemnizaciones para la pérdida de ingresos netos de trabajo.

“En el caso de las indemnizaciones básicas por lesiones permanentes, la propia Tabla IV del baremo contempla expresamente la aplicación del factor de corrección del 10% a cualquier víctima en edad laboral, aunque no se justifiquen ingresos”, señala el auto de la Audiencia Provincial de Madrid.

“IMPORTANTE PRECEDENTE JUDICIAL”

Este órgano judicial añade que, “en el caso de las indemnizaciones básicas por incapacidad temporal, la jurisprudencia, por analogía, ha procedido a extender también a tales indemnizaciones la aplicación del factor de corrección del 10% con la única condición de que se trate de víctima en edad laboral, aunque tampoco se justifiquen ingresos”.

“Es indiferente, pues, que el aquí lesionado pudiera estar de baja laboral en el momento en que se produjeron los hechos, bastando para aplicarle el factor de corrección con el hecho de que se encontraba, a dicha fecha, en edad laboral”, apunta.

La víctima tenía derecho a percibir 60.984,17 euros por los 989 días que estuvo hospitalizado e impedido para sus ocupaciones habituales y 18.715,25 euros por la secuela que le quedó como lesión permanente, a lo que hay que incrementar 7.969,94 euros tras aplicarse el 10% de factor de corrección.

El presidente de AEA, Mario Arnaldo, señaló que este auto supone “un importante precedente judicial y una notable mejora en la protección de los derechos de las víctimas de accidentes de tráfico, especialmente para aquellas personas que, como las amas de casa, los estudiantes o los que están en situación de baja laboral o paro, no pueden justificar una pérdida de ingresos”.

(SERVIMEDIA)
14 Ene 2015
MGR/caa