El Supremo absuelve a “Crónicas Marcianas” por la entrevista “burlona” a una persona con discapacidad

- Los magistrados concluyen que el entrevistado prestó su consentimiento

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha absuelto a los responsables de Telecinco, al director del programa “Crónicas Marcianas”, Javier Sardá, y al colaborador Javier Cárdenas del delito de vulneración del derecho al honor y a la propia imagen por el que habían sido condenados en instancia por realizar una entrevista “burlona” a una persona con discapacidad.

Los magistrados de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo han tomado esta decisión al concluir que la persona con discapacidad, con su conducta, consintió ser entrevistado. “Queda constancia que el actor fue voluntariamente entrevistado y filmado, no resultando en consecuencia vulnerado su honor e imagen al existir consentimiento”, señala la sentencia hecha pública hoy, de la que ha sido ponente el magistrado Xavier O’Callaghan.

Los hechos se remontan al 16 de octubre de 2002, cuando el programa “Crónicas Marcianas” emitió la entrevista realizada por Cárdenas a una persona con discapacidad. Los padres del entrevistado demandaron al entrevistador y a los responsables del programa y de la cadena al entender que la pieza emitida vulneró el derecho del honor, a la intimidad y la propia imagen de su hijo.

La demanda destacaba que el entrevistado tenía una discapacidad del 66 por ciento que “limita y condiciona su voluntad” y aseguraba que tanto el contenido como la intención de la entrevista vulneraron los derechos fundamentales del hijo, ya que “carecía del consentimiento de los padres”.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, en una sentencia dictada en febrero de 2006, dio la razón a los padres y condenó a Cárdenas, Sardá y a Telecinco a pagar una indemnización de 15.000 euros al entrevistado. La resolución también obligaba a la cadena de televisión a difundir el contenido de la sentencia.

Pero ahora, el Alto Tribunal, tras estudiar los recursos interpuestos por Cárdenas y Sardá, ha decidido anular la sentencia y absolver a los responsables de “Crónicas” Marcianas”.

PROGRAMA “JOCOSO”

Los magistrados aseguran en su sentencia que el hijo de los demandantes tiene “una minusvalía que no es incapacitación o minoría de edad” y sostienen que fue “voluntariamente entrevistado y filmado, no resultando en consecuencia vulnerado su honor e imagen al existir consentimiento”.

Además, la sentencia señala que no es necesario que el consentimiento “se otorgue por escrito, pudiendo deducirse de actos o conductas de inequívoca significación” y destaca “el contexto jocoso del programa de emisión, desprovisto de agresividad difamatoria”.

“Si bien resulta poco ético la actuación y comportamiento del medio televisivo, la misma no es reprobable desde el ámbito estrictamente jurídico, al no suponer socialmente en tal contexto un menoscabo a su fama, dignidad y propia estima”, indica la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo.

(SERVIMEDIA)
04 Feb 2010
DCD/pai