Ampliación

El Gobierno da luz verde al adelanto de la rebaja del IRPF

- Aprueba nuevas exenciones a ayudas sociales

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este viernes un real decreto que recoge el adelanto a este mes de julio de la rebaja del IRPF que estaba prevista para enero de 2016, y que se aplicará técnicamente mediante una nueva y única tarifa que, con carácter transitorio, tendrá efectos desde enero hasta diciembre de 2015.

En concreto, este 2015 la tarifa general para las rentas de hasta 12.450 euros queda en el 19,5%, en el 24,5% para las que se sitúan entre esa cuantía y 20.200 euros, en el 30,5% en las que no superen 34.000 euros, en el 38% hasta 60.000 euros y en el 46% a partir de esa cifra.

Por su parte, en la tarifa del ahorro, para una base imponible de hasta 6.000 euros quedará de forma transitoria en 2015 en el 19,5%, entre esa cantidad y los 50.000 euros queda en el 21,5%, y en adelante se fija en el 23,5%.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, explicó que en este decreto también se recogerá la decisión de limitar la embargabilidad de las ayudas públicas para cubrir necesidades básicas.

La número dos del Ejecutivo indicó que “hay margen” para adelantar la rebaja de impuestos, que beneficiarán a 20 millones de contribuyentes, porque la recaudación tributaria es “más positiva de lo esperado”.

Además, destacó que la rebaja de impuestos permitirá adelantar el “crecimiento y la creación de empleo”. El conjunto de los contribuyentes notará la rebaja en su nómina de agosto y algunos ya incluso en julio.

El titular de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, explicó que la tarifa intermedia para todo 2015 “evita la discriminación” que se produciría por ejemplo en casos como la tributación de unas plusvalías por la venta de una vivienda si ésta se realizó en la primera mitad del año o en la segunda.

Por otra parte, expuso que el Gobierno no tiene intención de adelantar la rebaja del Impuesto de Sociedades prevista para enero de 2016 y que se recoge en la reforma fiscal.

El Consejo de Ministros aprobó también la extensión del tipo de retención del 15% para todos los profesionales autónomos y no sólo para los que tenían ingresos inferiores a 15.000 euros anuales. De esta medida se beneficiarán casi 800.000 autónomos, que verán incrementada su liquidez en lo que queda de año en 263 de media.

Por otra parte, se declaran exentas las ayudas públicas a víctimas de violencia de género, las ayudas públicas para cubrir necesidades básicas hasta 1,5 veces el indicador de rentas Iprem y las destinadas a la adaptación de antena de edificaciones.

REFORMA FISCAL

Esta nueva tarifa sustituirá, por tanto, a la que entró en vigor este año, con la rebaja aprobada para 2015 y, además, contendrá los efectos de la rebaja adicional inicialmente planteada para 2016 y que también dejará notar sus efectos en el segundo semestre del ejercicio. Este adelanto de la rebaja fiscal tiene un impacto económico en los bolsillos de los ciudadanos de unos 1.500 millones de euros.

De esta manera, y tras la tarifa transitoria, a partir de enero de 2016 el tipo mínimo en el IRPF se situará en el 19% y el máximo en el 45%, como se establecía en la segunda fase de la reforma fiscal.

La primera fase de esta reforma, que entró en vigor el 1 de enero de este año, supuso reducir el tipo aplicable a las rentas de hasta 12.450 euros en el 20%, en el 25% para las que se sitúan entre esa cuantía y 20.200 euros, en el 31% en las que no superen 35.200 euros, en el 39% hasta 60.000 euros y en el 47% a partir de esa cifra.

Por su parte, el segundo tramo de la reforma, previsto inicialmente para el próximo 1 de enero pero que tendrá efecto desde el 1 de julio pasado, reduce el tipo aplicado a estos tramos al 19 %, 24%, 30%, 37% y 45%, respectivamente.

Asimismo, la reforma aprobada en 2014 preveía también para el próximo ejercicio establecer en 12.000 euros el mínimo exento, algo que se aplicará también desde el pasado 1 de julio.

PROTECCIÓN COLECTIVOS VULNERABLES

Respecto a las ayudas sociales exentas, Hacienda explica que no tendrán que tributar las ayudas públicas concedidas por las comunidades autónomas y las entidades locales para atender a ciudadanos en situación de emergencia, riesgo de exclusión social o para atender necesidades de alimentación o escolarización y demás necesidades básicas de menores o personas con discapacidad.

Además, se limita la posibilidad de embargo de determinadas prestaciones y ayudas concedidas por las Administraciones Públicas mediante la aplicación de las reglas que ya rigen en la actualidad en la Ley de Enjuiciamiento Civil en relación con los embargos del salario, sueldo o pensión.

De esta forma, la el Ministerio subraya que la "protección a este tipo de colectivos vulnerables es doble ya que, además de evitar el embargo de las ayudas sociales concedidas, no se tendrá que tributar por ellas".

(SERVIMEDIA)
10 Jul 2015
BPP/gja