20-D. Defensa dice que la expulsión del exjemad fichado por Podemos no es venganza sino cumplir la ley

MADRID
SERVIMEDIA

El Ministerio de Defensa asegura que el cese en el Ejército del Aire y como vocal de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo del general José Julio Rodríguez, fichaje electoral de Podemos, por “pérdida de confianza” y “falta de idoneidad” no debe interpretarse como una venganza sino como la simple aplicación de la ley.

Rodríguez fue jefe del Estado Mayor de la Defensa (jemad), la máxima autoridad militar de las Fuerzas Armadas sólo superada por el Rey, durante la segunda legislatura del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero (2008-2011).

Según informaron a Servimedia fuentes de Defensa, Rodríguez envió una carta al Ministerio el viernes pasado a las 13.51 horas en la que “pide el cese” como vocal de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo y, como tal, su pase a retiro, “porque es perfectamente consciente de que le tienen que cesar en Consejo de Ministros”.

Rodríguez fue nombrado vocal de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo por decisión de Consejo de Ministros, de día 13 de enero de 2012.

Este tipo de nombramientos y ceses se han de presentar, debatir y decidir en Consejo de Ministros, por lo que no es hasta este momento cuando Rodríguez pierde ‘de facto’ su condición de militar, lo que le permitiría hacer declaraciones políticas e incluso integrarse en cualquier partido.

Estas mismas fuentes explicaron que la hora en la que presentó la carta solicitando su cese el pasado viernes hacía imposible incluir esta petición en el orden del día del Consejo de Ministros previsto para ese día. Esto provocó que finalmente se decidiera tratarlo en el que tuvo lugar hoy.

OPINIONES POLÍTICAS

El hecho de que el pasado miércoles Podemos anunciara su inclusión como número dos de su lista en la circunscripción de Zaragoza y que el propio Rodríguez se pronunciara públicamente sobre la situación política en Cataluña y sobre el papel que España debe jugar en la OTAN ha motivado que no se le cese a petición propia ni por “los motivos personales” aducidos en su misiva sino por “pérdida de confianza” y “falta de idoneidad” al haber hecho “declaraciones de carácter político”.

Defensa sostiene que su decisión se apoya en los artículos 13 y 104 de la Ley de Carrera Militar, que dicen que “el nombramiento y cese del Jefe de Estado Mayor de la Defensa se efectuará por real decreto acordado en Consejo de Ministros, a propuesta del Presidente del Gobierno”; y que “la facultad de cesar en su destino a un militar profesional, cuando aquél haya sido asignado por concurso de méritos o por antigüedad, corresponde a las autoridades que tienen la competencia para su asignación según lo previsto en el artículo anterior”, respectivamente.

También se ha seguido lo regido en el artículo 7.1 de la Ley de Derechos y Deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, que establece que “el militar está sujeto al deber de neutralidad política. No podrá fundar ni afiliarse a partidos políticos y mantendrá una estricta neutralidad pública en relación con la actuación de los partidos políticos”.

Por todo ello, indican que no se le cesa por irse a Podemos sino por haberse pronunciado políticamente sobre asuntos de actualidad estando en la reserva y, por lo tanto, manteniendo su condición de militar y su sujeción a la disciplina castrense. “Él, como jemad que ha sido, debería saberlo”, sostienen.

Desde Defensa sostienen que se ha decidido su cese al igual que ocurrió en 2012 con el entonces director de la revista ‘Ejército’, general de brigada Ángel Luis Pontijas, por publicar un editorial en el que se criticaba la política seguida por el presidente de la Generalitat de Cataluña, Artur Mas, y el nacionalismo catalán.

Por último, estas fuentes rechazan que la decisión adoptada hoy en Consejo de Ministros sea utilizar las instituciones con fines políticos, ya que quien las ha utilizado, así como el uniforme ha sido, sostienen, el general Rodríguez.

“Nosotros hemos aplicado la ley y los cauces administrativos correspondientes”, concluyen.

DUDAS

Por su parte, expertos en Derecho consultados por esta agencia muestran sus dudas de que el Gobierno tuviera que motivar las causas del cese y pase a retiro del general Rodríguez, ya que, indican, el artículo artículo 114 de la Ley de la Carrera Militar establece que el retiro del militar de carrera se declarará de oficio o, en su caso, a instancia de parte, al cumplir éste los 65 años y que lo pida expresamente, condiciones, dicen, que el exjemad cumplen.

El citado artículo dice textualmente lo siguiente: "El retiro del militar de carrera se declarará de oficio o, en su caso, a instancia de parte, en los siguientes supuestos: al cumplir la edad de sesenta y cinco años, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 113.6, con carácter voluntario, en las condiciones establecidas para la jubilación voluntaria en la legislación de Clases Pasivas del Estado, por insuficiencia de condiciones psicofísicas que implique inutilidad permanente para el servicio, por insuficiencia de facultades profesionales".

(SERVIMEDIA)
06 Nov 2015
MST/gja