Fomento recurrirá ante el Supremo la sentencia sobre la contabilidad de la AP-7 que da la razón a Abertis
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El Ministerio de Fomento recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que ha dado la razón a Acesa, filial de Abertis que gestiona la Autopista del Mediterráneo AP-7, al estimar íntegramente el recurso contencioso-administrativo de la compañía y anular la censura de cuentas del ejercicio 2011 de Fomento.
El Gobierno informó que no comparte el criterio de este Tribunal de que el derecho a cobro pretendido por Acesa se contabilice como activo financiero, por lo que recurrirá en casación ante el Supremo.
Según señala Fomento en un comunicado, Autopistas Concesionaria Española S.A. (Acesa) es titular de la concesión para la construcción, conservación y explotación de las autopistas AP-7 (Barcelona-La Jonquera, Barcelona-Tarragona y Montmeló- Papiol) y AP-2 (Zaragoza-Mediterráneo).
Afirma que "tal y como señala la propia setencia, ésta no entra a considerar la naturaleza de los saldos anuales que deben ser contabilizados en cada ejercicio al no considerarse el propio tribunal competente para realizar pronunciamiento alguno al respecto".
Esta cuestión está pendiente de resolución por el Tribunal Supremo, de un recurso contencioso-administrativo presentado por Acesa, con fecha de 29 de junio de 2015, que, según el Ministerio, "resolverá las dudas sobre el modo de calcular el saldo de compensación establecido en el RD 457/2006, de 7 de abril, en el que se estableció la modificación de la concesión de la AP-7 derivada de la construcción de una serie de obras de ampliación de capacidad de la autopista".
Por el contrario, Abertis destaca que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid reconoce la correcta contabilización como activo financiero del saldo de compensación regulado en el Convenio AP-7 efectuada por Acesa desde la entrada en vigor del mismo en 2006.
Según informó este martes Abertis a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), en la censura de cuentas de Acesa correspondiente al ejercicio 2011 la Delegación del Gobierno en las sociedades concesionarias de autopistas del Ministerio de Fomento planteó dudas sobre la interpretación del Convenio AP-7 y, en particular, sobre la compensación por tráfico garantizado.
Como consecuencia, Acesa presentó un recurso administrativo de alzada contra dicha censura de cuentas, que fue desestimado por el propio Ministerio en junio de 2015.
En su decisión, el Ministerio adelantaba que no consideraría la compensación por tráfico garantizado, ni su correspondiente actualización financiera, como parte del saldo del convenio AP-7. Asimismo, expresaba ciertas discrepancias en relación al tratamiento contable de las inversiones realizadas y su actualización financiera.
(SERVIMEDIA)
21 Mar 2017
GJA/BPP/gja