Tribunales
La Abogacía del Estado pide tres años y nueve meses de prisión para el novio de Ayuso por delitos fiscales
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La Abogacía del Estado solicita para Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, tres años, nueve meses y un día de prisión y el pago de una multa de 448.000 euros por dos presuntos delitos de fraude fiscal. Es la misma pena que reclamó la Fiscalía la semana pasada.
En su escrito de conclusiones, la Abogacía del Estado pide también penas de dos años de prisión para Maximiliano Niéere y de un año para los otros tres imputados en esta causa.
La representación legal del Estado remitió este lunes sus conclusiones al Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid, que investiga al novio de la presidenta madrileña por dos delitos fiscales y falsedad documental.
En concreto, la Abogacía pide un año y nueve meses de prisión para González Amador por el delito contra la Hacienda Pública que corresponde al pago del Impuesto de Sociedades del ejercicio de 2020, y otros dos años y un día por el ejercicio correspondiente a 2021.
La jueza Inmaculada Iglesias, titular del Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid, transformó las diligencias previas en procedimiento abreviado, lo que dejaba al empresario al borde del banquillo junto a otros cuatro imputados por el presunto fraude de 350.951 euros al fisco y por un delito de falsedad documental por el uso de facturas falsas.
Hacienda realizó una inspección fiscal a González Amador en 2022 que concluyó con un informe en el que se mencionaban irregularidades que llegaban a la categoría de delito en el pago del Impuesto de Sociedades correspondientes a los ejercicios 2020 y 2021.
A raíz de esa inspección, la Fiscalía presentó una denuncia y se abrió una causa judicial. La magistrada rechazó el recurso de González Amador contra su procesamiento por entender que existen “claros indicios” de delito. Quedan por presentar sus escritos de acusación el PSOE y Más Madrid, que ejercen la acusación popular.
(SERVIMEDIA)
28 Jul 2025
SGR/clc