Tribunales

Absueltos los miembros de Hogar Social Madrid que lanzaron bengalas contra la mezquita de la M-30

MADRID
SERVIMEDIA

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a los doce procesados de los delitos de incitación al odio y desórdenes públicos por los que fueron imputados tras colocar una pancarta en la pasarela de la M-30 y encender bengalas en las inmediaciones de la Mezquita madrileña el 22 de marzo de 2016 después de los atentados de Bruselas.

La resolución conocida este miércoles aún no ha alcanzado firmeza y contra ella cabe la formulación del correspondiente recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

En los acusados se encuentra la líder del grupo neonazi Hogar Social Madrid, Melisa Domínguez. La Fiscalía pidió en el juicio tres años de cárcel para ella por desplegar una pancarta islamófoba frente a la mezquita de la M-30 de Madrid poco después de los atentados yihadistas de Bruselas donde murieron 32 personas.

La pancarta decía “Hoy Bruselas, ¿mañana Madrid?” con una mezquita tachada en un símbolo rojo. En ese acto el grupo lanzó bengalas de humo y dirigió insultos a los musulmanes que en ese momento se encontraban en el centro islámico.

Según la sentencia, el grupo se trasladó a las inmediaciones de la mezquita “con la única intención de protestar contra el islamismo radical por los referidos atentados” y señala que no hay pruebas de que su intención fuera “provocar algunos de los comentarios publicados en las redes sociales de carácter islamófobo, hispanófobo, antifascistas, anticomunistas, anticatólicos, y antiamericanos”.

A juicio del tribunal la protesta se dirigía contra el ataque yihadista ocurrido en Bruselas sin que se planificaran “de ninguna manera para provocar, directa o indirectamente, sentimientos de odio, violencia, o de discriminación contras los musulmanes”.

Los comentarios que se produjeron en redes sociales a partir de esta acción fueron, según la sentencia, “un cúmulo de conversaciones acaloradas y descontroladas entre personas que se llegan a insultar entre sí con ofensas tanto al Islam como al Catolicismo pero también en contra del comunismo y del fascismo”.

La sentencia descarta también el delito de desórdenes públicos porque la colocación de la pancarta en la pasarela situada sobre la M-30 no supuso cortes de tráfico ni tampoco se registraron empujones contra la valla de la mezquita, ni amenazas o armas.

(SERVIMEDIA)
14 Dic 2022
SGR/clc