Autónomos

ATA aclara que las personas jurídicas ya pueden comenzar a registrar facturas mediante Verifactu

- Aclara que no se tendrán en cuenta errores o descompensaciones hasta la fecha de obligatoriedad

MADRID
SERVIMEDIA

CEOE, Cepyme, ATA y la Agencia Tributaria celebraron este viernes una jornada sobre Verifactu en la que se aclaró que aquellos obligados a facturar electrónicamente y a usar este sistema a partir del 1 de enero ya pueden comenzar con el registro de dichas facturas sin tener que introducir todo el año 2025, y se señaló que no se tendrán en cuenta errores o descompensaciones hasta la fecha de obligatoriedad.

Del mismo modo, ATA aclaró que los autónomos persona física obligados a facturar electrónicamente a partir del 1 de julio de 2026 pueden comenzar a hacerlo desde ya o desde el 1 de enero y tendrán esos “seis meses de prueba” en los que no se tendrá en cuenta los posibles errores fruto de la adaptación al nuevo sistema.

ATA señaló que es necesario que todos aquellos autónomos obligados a facturar electrónicamente en 2026, utilizando la aplicación gratuita puesta en marcha por la Agencia Tributaria, comiencen con su periodo transitorio desde el 1 de enero para poder hacer una adaptación que arroje posibles errores y que dé margen a las asociaciones a recopilarlas y denunciarlo.

Al mismo tiempo, reclamó a la Administración "no olvidar" que se está obligando al autónomo a asumir un coste para dar cumplimiento a una normativa y "debe buscar todas las vías posibles para que se subvencione, ya sea a través de un nuevo programa Kit Digital o cualquier otro”.

Por último, la Agencia Tributaria resaltó que la aplicación gratuita que se ha puesto en marcha no tiene límite de facturas que se pueden subir aunque si detectan algún usuario que hace abuso del programa le será comunicado. En este sentido, aclaró que dos o tres facturas a la hora es un uso normal. “La aplicación está pensada para un autónomo que no genera 200 o 300 facturas a la hora”, especificó.

(SERVIMEDIA)
28 Nov 2025
ALC/clc