Terrorismo
La Audiencia ordena nuevo juicio para seis absueltos de adoctrinamiento terrorista yihadista
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La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha decidido estimar el recurso de la Fiscalía contra la sentencia que absolvió en diciembre a seis acusados de delitos de adoctrinamiento y captación terrorista, ordenando la celebración de un nuevo juicio con un tribunal distinto. Este fallo busca garantizar una valoración exhaustiva de las pruebas presentadas en el caso.
En una sentencia conocida este viernes, se explica que la Fiscalía recurrió el fallo inicial al entender que el tribunal de instancia no evaluó adecuadamente el contenido de las intervenciones telefónicas admitidas como prueba. Esto podría haber influido en el sentido del fallo, lo que llevó a la solicitud de un nuevo juicio.
La Sección Primera de la Sala Penal había absuelto a los seis acusados, entre ellos un conocido predicador salafista de la comunidad musulmana, por quien la Fiscalía había solicitado condenas de entre 5 y 8 años de prisión. Esta decisión inicial se basó en la falta de pruebas concluyentes sobre el adoctrinamiento.
La sentencia de instancia consideró que varios de los acusados grabaron un vídeo de ficción con tres capítulos que se subieron a redes sociales. Según la acusación, dicho vídeo podría ser constitutivo de un delito de adoctrinamiento, al intentar convencer a musulmanes propensos a los postulados yihadistas para unirse al Daesh o realizar atentados en países occidentales.
Sin embargo, el tribunal de instancia concluyó que el visionado del vídeo no permitía alcanzar dicha conclusión, lo que llevó a la absolución de los acusados. Este fallo ha sido cuestionado por la Sala de Apelación, que ahora revisa el caso.
ANALIZAR LAS CONVERSACIONES
La Sala de Apelación sostiene que la sentencia recurrida no menciona el contenido de las conversaciones intervenidas, lo que podría contextualizar el vídeo y la finalidad de los acusados al recopilar material. Esta falta de valoración es considerada una violación del derecho a la tutela judicial efectiva.
La omisión en la sentencia de instancia de una referencia mínima al contenido de las conversaciones, ya sea favorable o desfavorable a la acusación, es vista como un defecto grave. La Sala de Apelación indica que esta cuestión no puede ser subsanada en segunda instancia.
El tribunal ha declarado que la nulidad de la sentencia de instancia implica no solo la anulación del fallo, sino también la celebración de un nuevo juicio oral ante un tribunal distinto. Esto responde a la pérdida de imparcialidad de la sala que dictó la sentencia original.
Para la Sala de Apelación, es fundamental practicar y valorar adecuadamente el contenido de las conversaciones intervenidas. Esto permitirá establecer los hechos probados y proceder a la calificación jurídica de acuerdo con todos los elementos de los tipos penales en cuestión.
(SERVIMEDIA)
10 Abr 2026
NBC/mjg


