Madrid
El Ayuntamiento de Madrid aprueba las ordenanzas fiscales con bajada del IBI y cambios en el IVTM y la tasa de basuras
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El Pleno del Ayuntamiento de Madrid aprobó este lunes las ordenanzas fiscales para 2026 que este año incluyen una bajada del IBI del 0,414%, la modificación del criterio para aplicar las bonificaciones del impuesto de circulación (IVTM), que se basará en los distintivos ambientales (etiquetas); y la modificación de la tasa de residuos para incluir la variable del número de empadronados en la vivienda para el cálculo de la tarifa en los inmuebles de uso residencial.
Comenzando por la bajada del IBI, el impuesto se reducirá a todos los madrileños del 0,428% al 0,414 %, lo que les permitirá pagar el próximo ejercicio 31 millones de euros menos que en 2025 (el recibo del IBI se ha rebajado un 20 % desde el año 2019); se incrementa del 50 al 95 % la bonificación de este impuesto para los comercios centenarios, además de mantenerse las bonificaciones a familias, colectivos vulnerables, empresas y todas las de carácter medioambiental.
Esta reducción se une a las cinco anteriores aprobadas, que han permitido un ahorro acumulado desde el año 2019 de 1.280 millones de euros. Esta nueva bajada de impuestos hará que los madrileños paguen el próximo año 253 millones menos que en 2019.
Por otra parte el Pleno aprobó la modificación en el IVTM, conocido como el 'numerito' que modificará de cara a 2026 el criterio para aplicar las bonificaciones cambiando el actual modelo basado en el tipo de motor y carburante para usar los distintivos ambientales (etiquetas), que, a juicio del Consistorio, describen mejor lo que contaminan los vehículos.
Con esta medida, se coordinan los criterios utilizados en el IVTM y la tasa SER, que se basa en las etiquetas de los vehículos, y se ajustan algunos casos concretos como ocurre, por ejemplo, con los híbridos enchufables, que tienen una bonificación distinta en función de si su autonomía eléctrica es mayor o no a 40 kilómetros.
Además, se incorpora una bonificación específica del 50% a los vehículos menos contaminantes de las grandes flotas (CERO, ECO Y C), propietarias de miles de vehículos que circulan diariamente por la ciudad, siempre que matriculen sus vehículos en Madrid y renueven anualmente un porcentaje de estos por otros con etiquetas menos contaminantes. El objetivo es combatir la deslocalización de las flotas de vehículos que operan en la capital pero están matriculados en otros municipios.
TASA DE BASURAS
También se aprobó la variación en el diseño de la tasa de basuras que ahora tendrá en cuenta el padrón. Se establecerán tarifas distribuidas en diez tramos (desde una persona empadronada a diez o más) en función del número de empadronados en el inmueble a 1 de enero de 2026.
Una nueva variable que se incorpora para calcular la cuota de la tasa es la diseñada mediante la suma de una tarifa básica, que pagan todos los inmuebles por la disponibilidad del servicio de recogida y tratamiento de residuos, y una tarifa por generación.
Para el cálculo de la tarifa básica, se ha tenido en cuenta el dato del valor catastral individual de cada vivienda o local, mientras que para la de generación se ha tomado en consideración la cantidad de residuos generados y el porcentaje de calidad de la separación de cada uno de los 131 barrios de la ciudad, aportado por el Parque Tecnológico de Valdemingómez.
Por tanto, atendiendo a estos criterios, en Madrid, el recibo medio de la tasa de recogida para el año 2026 será de 142,6 euros, prácticamente la misma cuantía que en 2025, con algunas pequeñas variaciones en función del número de personas empadronadas en la vivienda.
El número de inmuebles que pagarán la tasa está en torno a 1,7 millones. Como ocurre en 2025, el próximo año no tendrán que hacer efectiva la tasa los garajes y trasteros asociados a una vivienda porque no generan residuos. Tampoco los solares ni los edificios en estado de ruina.
FAMILIAS NUMEROSAS Y GARAJES
Otra de las novedades incluidas en las ordenanzas es la referida a los garajes de uso industrial, destinados en su totalidad a uso residencial, a los que se les exime del pago de la tasa siempre que el interesado presente una declaración responsable que lo justifique.
Por otra parte, el Ayuntamiento de Madrid aplicará, además, la reducción en la cuota a las familias numerosas, similar a la que existe en el IBI, que tendrá en cuenta el valor catastral de la vivienda y la categoría del título de familia y mantendrá, para todos los perceptores del Ingreso Mínimo Vital y la Renta Mínima de Inserción, una reducción del 100% del pago de la cuota. Estas reducciones, que beneficiarán a más de 38.000 familias, suponen un ahorro de 4,71 millones de euros.
De la misma manera, las viviendas vacías y los locales donde no se desarrolle actividad alguna sólo pagarán la parte correspondiente a la tarifa básica por disponibilidad del servicio, pero deberán acreditar anualmente que se mantienen en esta situación. Para el control de las viviendas vacías, se contará con la información del padrón municipal.
Por otra parte, y siguiendo el principio de ‘quien contamina paga’, el sujeto pasivo de la tasa será quien realmente genere el residuo. Pero como es imposible conocer qué personas lo generan en cada vivienda o local, la tasa la deberá abonar el sustituto del contribuyente, que será el propietario de la vivienda o local, quien podrá repercutirla, en su caso, en el inquilino.
Además, en este segundo año de vigencia de la tasa, los contribuyentes podrán acogerse a la modalidad de Pago a la Carta, lo que puede suponerles una reducción en la cuota del 5%, con un límite de 15 euros en el ahorro.
(SERVIMEDIA)
22 Dic 2025
JAM/gja


