Laboral

CCOO ratifica el acuerdo que regula el Estatuto del becario para “dejar atrás el fraude”

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Ejecutiva Confederal de CCOO aprobó este martes el acuerdo que regula el Estatuto de las personas en formación práctica en el ámbito de la empresa, que da “mucho más peso a la tarea formativa para dejar atrás el fraude de los falsos becarios que había en España”, según el secretario de juventud del sindicato, Adrià Junyent.

Según el sindicato, el acuerdo determina un aspecto de máxima importancia y es que “solo serán posibles las prácticas no laborales cuando formen parte de los contenidos curriculares para la obtención de títulos oficiales, sean estos de formación profesional, de enseñanzas artísticas o para el acceso a especialidades formativas del sistema nacional de empleo, o sean para los estudios de grado, máster o doctorado”.

Para el resto de prácticas “deberán usarse los contratos formativos regulados en el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, sea el contrato de formación en alternancia o el de adquisición de práctica profesional, con los contenidos de ambos contratos acordados en la reforma laboral a finales del pasado año”.

El sindicato subrayó que se establece un período transitorio para la adaptación de los actuales acuerdos hasta 31 de diciembre de 2023, y de tres años para que las universidades adapten a la ley las actuales prácticas extracurriculares. “Este es uno de los aspectos de mayor interés, por ser las prácticas no curriculares las que contribuyen al mayor fraude, la figura más precarizada y menos protegida”, apuntó.

Junyent apuntó que con esta legislación “ponemos freno a la precariedad y la explotación que sufren los becarios” ya que “se eliminan las prácticas extracurriculares”, que era una forma de “trabajar de manera gratuita” y se “garantizan” derechos como la prevención de riesgos laborales o la compensación de gastos como la comida o el transporte.

Desde CCOO calificaron como una “mala noticia” que las organizaciones empresariales no se hayan sumado a estos objetivos que “redundan también en beneficio de las empresas”, ya que la formación y las prácticas no laborales, con derechos, “son herramientas claves para la mejora de la productividad de las empresas y para mantener y crear empleo”.

ÚLTIMO BORRADOR

El último borrador sobre el Estatuto del becario, al que tuvo acceso Servimedia, establece que el número de personas en formación práctica en empresas no podrá superar el 20% de la plantilla de cada compañía con carácter general, aunque “cualquier empresa podrá concertar formación práctica con dos personas, con independencia del número de personas de plantilla”.

La formación en la empresa en los términos previstos en el Estatuto “no supondrá la existencia de relación laboral" y sí se presumirá cuando la actividad desarrollada por el becario sustituya las funciones de una persona trabajadora por cuenta ajena de la empresa.

Las empresas que participen en programas y actividades formativas se podrán beneficiar “de los estímulos, así como de las ayudas para atender los costes derivados de la realización de las actividades de tutorización obligatorias previstas en esta norma, en la cuantía y condiciones que se establezcan legalmente”.

Por su parte, los becarios tendrán derecho a la compensación de gastos por parte de la empresa o entidad para la que desarrollen la formación, “en los términos previstos en el correspondiente convenio o acuerdo de cooperación, por una cuantía mínima suficiente” para cubrir esos gastos.

(SERVIMEDIA)
18 Oct 2022
DMM/JMS/MMR/clc