Pensiones

CCOO urge medidas en la mesa social tras la sentencia europea contra el complemento de brecha de género en las pensiones

MADRID
SERVIMEDIA

CCOO planteará el próximo lunes en la mesa de diálogo social que tiene abierta el Ministerio de Inclusión que se priorice el estudio de una solución alternativa tras la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la UE que ha declarado discriminatoria la norma española que regula el complemento de brecha de género en las pensiones.

El sindicato lamenta en un comunicado este fallo, que cree que descansa en "un tecnicismo jurídico". La directiva europea con la que el tribunal ve colisionada la norma reserva este tipo de acciones ligándolas exclusivamente a situaciones relativas al tiempo dedicado a la “educación” de los hijos. Para CCOO, "se trata sin duda de una limitación que puede entenderse lógica en una norma que fue aprobada hace casi medio siglo (fue aprobada en 1978 y entró en vigor en 1979), pero que hoy ya no responde adecuadamente a los retos actuales que plantea el mercado laboral y la realidad de la sociedad".

CCOO aboga por que la mesa de diálogo "priorice" una solución en la agenda de trabajo una solución que, cumpliendo con la sentencia, garantice el objetivo de la reducción de los efectos de la brecha de género sobre las pensiones públicas.

"No podemos olvidar que las mujeres que hoy han accedido a una pensión siguen presentando una brecha del 21% frente a las cuantías que han conseguido los hombres, y que el complemento de brecha de género frente al que ahora ha fallado el TJUE ha servido para proteger a más de 885.000 mujeres pensionistas", señala CCOO.

Para CCOO, la lucha contra la brecha de género es una prioridad que debe seguir marcando la agenda política y social tanto del gobierno como del conjunto de instituciones.

LITIGIOS

En la sentencia que difundió este jueves, el Tribunal de Justicia de la UE reafirma su consideración de que la norma española que regula el complemento de pensión para reducir la brecha de género es discriminatoria.

El tribunal insiste en la consideración que hizo en 2019 cuando ya declaró discriminatorio el artículo 60 de la antigua Ley General de la Seguridad Social (LGSS), que establecía el complemento de pensión concedido a las madres beneficiarias de una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.

Este artículo fue modificado por decreto en 2021 para incluir a los padres. Mientras que en el caso de las madres trabajadoras que perciban una pensión de jubilación y que hayan tenido uno o varios hijos el complemento se concede de forma automática, los padres deben cumplir ciertos requisitos adicionales para poder percibirlo.

El Juzgado de lo Social número 3 de Pamplona y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid abrieron sendos litigios por denegación de este complemento de pensión a padres trabajadores titulares de una pensión de jubilación. Estos órganos jurisdiccionales albergaban dudas sobre la compatibilidad de la nueva regulación del complemento con la directiva europea relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de Seguridad Social y se dirigieron con carácter prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE, a la luz de una posible discriminación por razón de sexo.

En su sentencia dictada este jueves, el Tribunal de la UE sostiene que "la directiva europea se opone a la normativa española en la medida en que el reconocimiento del complemento de pensión a los hombres que se encuentran en una situación idéntica a la de las mujeres perceptoras de una pensión contributiva de jubilación está sujeto a requisitos adicionales relativos a que sus carreras profesionales se hayan interrumpido o se hayan visto afectadas con ocasión del nacimiento o de la adopción de sus hijos".

(SERVIMEDIA)
16 Mayo 2025
JRN/pai