Irán
El Centro Europeo del Consumidor recuerda que los derechos básicos de los pasajeros aéreos “siguen vigentes” en Oriente Medio
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El Centro Europeo del Consumidor en España recordó este miércoles que los derechos básicos de los pasajeros aéreos en caso de cancelación de vuelos por el conflicto de Oriente Medio y, en general, en contextos de conflictos armados o cierre del espacio aéreo “siguen vigentes”.
Así lo precisó en un comunicado en el que puntualizó que, en un contexto de conflicto armado o cierre del espacio aéreo, es “habitual” que la aerolínea “alegue circunstancias extraordinarias, lo que afecta normalmente a la compensación económica”.
“No obstante, esta situación no elimina el derecho a reembolso o transporte alternativo, ni el derecho a asistencia cuando el Reglamento (CE) 261/2004 es aplicable”, abundó.
De esta forma, las aerolíneas deben ofrecer a los pasajeros afectados una alternativa “real y efectiva” de viaje, sin coste adicional, o, si el pasajero lo prefiere, el reembolso íntegro del billete.
“Igualmente, durante el tiempo de espera para el viaje de vuelta, los pasajeros tienen derecho a alojamiento, bebida y comida”, agregó, al tiempo que indicó que, si la aerolínea no proporciona esta atención de forma gratuita, se recomienda guardar los recibos de los gastos para reclamarlos posteriormente.
RECOMENDACIONES
En este contexto, CEC-España recomienda, conservar todas las facturas de alojamiento, comida, transporte y otros gastos, dado que es posible que los pasajeros no reciban el reembolso completo, pero pueden presentarlos como parte de sus reclamaciones.
Junto a ello, aconseja revisar los términos y condiciones de las pólizas de seguro de viaje, pues algunas aseguradoras excluyen la cobertura de eventos relacionados con la situación actual que se está desencadenando en Oriente Próximo.
A su vez, insta a contactar con la embajada o el consulado de su país para obtener información actualizada, asistencia de emergencia u orientación que podría afectar a los planes de viaje.
Además, llama a reclamar, en primer lugar y por escrito a la aerolínea reembolso del billete, o reubicación lo antes posible, o reubicación en fecha posterior o requerir asistencia (hotel, comidas, traslados), entre otras recomendaciones.
(SERVIMEDIA)
04 Mar 2026
MJR/gja


