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El Cermi pide al Gobierno y a las comunidades que regulen el copago en dependencia como tasa fiscal

- Como indica el Tribunal Supremo

MADRID
SERVIMEDIA

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) pidió este miércoles al Gobierno central y a las comunidades autónomas que "atiendan y hagan suya" la jurisprudencia del Tribunal Supremo y "regulen el conocido como copago en dependencia como tasa fiscal", pues "así ha quedado definida su naturaleza legal" por el Alto tribunal.

En una sentencia del 23 de junio, el Supremo consideró que el copago es una "tasa fiscal". Según Cermi, ello "obliga a replantear toda la regulación de la participación en el coste del usuario de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia", para adecuarlo a dicha jurisprudencia.

Explicó que el copago en dependencia tenga la consideración de tasa --un tipo de tributo-- "lleva consigo que (este) debe crearse por norma de rango legal, de acuerdo con la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos".

"En la actualidad, la naturaleza jurídica del copago en dependencia no está definida, ni por el Estado ni por las comunidades autónomas", lamentó el Cermi.

Advitió de que es "regulada a veces como precio público --algo que el Tribunal Supremo contradice con esta sentencia--" y otras "permanece en un limbo jurídico de ambigüedad y confusión respecto de su carácter".

Dado que esta sentencia del Supremo se ha dictado en un momento en que ha entrado en el Congreso un proyecto de reforma de la Ley 39/2006, Cermi pidió a los grupos que incorporen estas consideraciones al texto final, "dentro de un replanteamiento global de la participación en el coste por parte del usuario".

Se trata de aclarar su régimen legal y evitar "el carácter confiscatorio que está teniendo en la mayoría de situaciones", apuntó el Cermi.

De no alinear el Gobierno central y las comunidades autónomas la regulación del copago con la interpretación del Supremo, el Cermi advirtió que las administraciones se podrían "enfrentar a reclamaciones de devolución de ingresos por copago, al no estar regulado en sede legal y con el carácter de tasa y ser considerado una exacción indebida sin base jurídica suficiente".

(SERVIMEDIA)
20 Ago 2025
AGQ/pai