Tribunales

El CGPJ rechaza dar amparo al magistrado De Prada frente a Monago porque 'Gürtel' es un caso “fenecido”

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó este jueves inadmitir a trámite la petición de amparo formulada por el magistrado de la Audiencia Nacional José Ricardo de Prada en relación con las acusaciones de ‘lawfare’ formuladas por el senador José Antonio Monago en el Pleno de la Cámara Alta el pasado 12 de diciembre. La inadmisión del amparo se fundamenta en que 'Gürtel' es ya “un caso fenecido”.

Monago acusó a este magistrado de conocido perfil progresista de haber incurrido en ‘lawfare’ a la hora de redactar la sentencia de la primera etapa de la trama 'Gürtel', cuando el debate sobre la persecución judicial del adversario político estaba en su punto culminante.

En concreto, Monago dijo en una interpelación al ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, que “el mayor caso de 'lawfare' que se ha conocido en la historia política de España” se produjo con la sentencia del caso ‘Gürtel’ por la introducción en la misma de “un párrafo" que "provocó la caída del Gobierno del señor Rajoy" y que atribuyó al juez De Prada. Días después el senador popular se disculpó y solicitó la retirada de sus palabras del Diario de Sesiones.

Este jueves, la Comisión Permanente del CGPJ consideró que “dado que las iniciales palabras del senador Monago venían referidas a una actuación jurisdiccional específica acontecida en el pasado, en relación con un proceso judicial ya fenecido (el asunto conocido como ‘Gürtel Pieza Época I’), dichas manifestaciones no tienen capacidad alguna de perturbar el ejercicio de la función jurisdiccional del solicitante de amparo impidiéndole la libre capacidad de resolución conforme a derecho”.

El acuerdo añade, además, que la rectificación realizada por el senador “implica que incluso la hipotética perturbación futura que las declaraciones del 12 de diciembre de 2023 pudieran haberle acarreado al magistrado peticionario de amparo queda vacía de contenido, poniendo de manifiesto dicha rectificación el respeto necesario a las decisiones judiciales”.

(SERVIMEDIA)
11 Ene 2024
SGR/clc