Competencia

La CNMC archiva las denuncias por pacto de precios contra Uber, Cabify y Bolt

- La investigación se remonta a 2020

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) ha acordado archivar las denuncias interpuestas por asociaciones de taxistas y propietarios de licencias de este servicio contra las plataformas Uber, Cabify y Bolt, por presuntos acuerdos en la fijación de precios.

Así lo señala la Sala de Competencia de la CNMC en un acuerdo al que ha tenido acceso Servimedia y que pone fin en la vía administrativa a casi cinco años de un proceso que se inició en febrero de 2020, cuando la asociación de taxis Plataforma Caracol (APC) interpuso una denuncia contra Uber y Cabify por pacto de precios.

En años sucesivos se ha ampliado la investigación con denuncias presentadas por Taxi Project y por un abogado en representación de 137 taxistas de Madrid y Barcelona, que también han pedido que se fiscalizara a Bolt.

Según la CNMC, no “se han apreciado indicios de que el sistema de determinación de precios dinámicos suponga un acto de competencia desleal respecto al sector del taxi, que tiene los precios fijados”.

Tampoco ha detectado “indicios de un ilícito por parte de las plataformas, en el sentido de que estén actuando con falta de diligencia profesional y estén incurriendo en una inducción a engaño a los consumidores de forma que se produzca una conducta desleal del artículo 4 de la Ley de Defensa de la Competencia”.

A juicio de la comisión que preside Cani Fernández, en las denuncias no se ha aportado “ninguna prueba de que los precios de las plataformas se sitúen por debajo de los costes de prestación del servicio”.

“Al contrario, los precios muestran una amplia variedad de precios ofertados por cada plataforma en cada trayecto y momento y, también, que en ocasiones los precios ofrecidos por las plataformas son más caros que los precios ofrecidos por el taxi, lo que no ofrece indicios de que se esté siguiendo una estrategia de venta a pérdida por ninguna de las plataformas denunciadas”.

“Los hechos descritos resultan insuficientes para valorar, siquiera indiciariamente, una posible infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia en forma de coordinación entre las distintas plataformas”, señala el acuerdo, que afirma que no se incoará procedimiento sancionador contra Uber, Cabify y Bolt.

La CNMC explica que tras esta resolución ya no cabe recurso alguno en vía administrativa, y ahora se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional.

(SERVIMEDIA)
26 Mar 2025
JRN/clc