Sanidad

La CNMC recurre la venta exclusiva en farmacia de los test de embarazo y de covid-19

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) anunció este martes que ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo contra varios preceptos del Real Decreto 942/2025, que regula la venta exclusiva en farmacia de las pruebas de autodiagnóstico como los test de embarazo y de covid-19.

Según el comunicado remitido por la CNMC, "el Real Decreto 942/2025 prohíbe, de forma desproporcionada, vender las pruebas de autodiagnóstico in vitro fuera de las farmacias".

En opinión de la CNMC, "esta prohibición puede reducir la disponibilidad de estos productos y aumentar sus precios, en perjuicio de los ciudadanos". Y en este sentido, recordó que en otros países estas pruebas autodiagnósticas "se venden en supermercados, parafarmacias, droguerías o plataformas digitales, garantizando su seguridad y trazabilidad".

En concreto, Competencia impugna dos artículos del Real Decreto: "El artículo 19.7 solo permite vender productos de autodiagnóstico en farmacias, de forma presencial o en sus propias páginas web, y no a través de plataformas digitales conocidas como 'marketplaces'" y "el artículo 19.8 prohíbe vender estos productos a través de máquinas expendedoras, a pesar de que la normativa sí permite este canal para otros productos sanitarios no sujetos a prescripción".

Según el comunicado de la CNMC, la Comisión ya había advertido de este tipo de restricciones a la competencia en distintos informes porque en su opinión las medidas son "desproporcionadas" y "reducen la competencia de forma innecesaria, pueden elevar los precios, restringen el acceso a estos productos y limitan los puntos de distribución, lo que puede dificultar la gestión de situaciones excepcionales de alta demanda con riesgo de desabastecimiento".

"Por un lado, los requisitos necesarios de seguridad, conservación y trazabilidad pueden garantizarse en aquellos establecimientos que ya cumplen con normas estrictas para vender sus productos (como las parafarmacias o las droguerías)", detalló. "Además, los prospectos ya ofrecen la información de uso necesaria, que puede complementarse con asesoramiento en las farmacias o centros de salud", especificó.

Por otro lado, la CNMC también considera desproporcionado limitar la venta en línea de estos productos a las páginas web de las farmacias ―descartando el uso de intermediarios o 'marketplaces', aunque los vendedores sean establecimientos autorizados.

También califica de "excesivo" prohibir la venta de estos productos en máquinas expendedoras. "Su exclusión elimina una vía de acceso especialmente útil fuera del horario de apertura", añade.

(SERVIMEDIA)
17 Mar 2026
MAG/clc