Competencia

La CNMC ve positivo extender el régimen de opas a los sistemas multilaterales de negociación

- Aunque realiza observaciones a algunos puntos

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha analizado el proyecto de real decreto sobre el régimen de ofertas públicas de adquisición de valores (opas) y que extenderá su aplicación a los sistemas multilaterales de negociación y lo valora positivamente.

En un comunicado, la CNMC explicó que esta normativa establece en qué casos un inversor que quiera tomar el control de una empresa cotizada está obligado a lanzar una opa, es decir, a ofrecer públicamente y bajo normas específicas el mismo precio a todos los accionistas de la empresa que desea adquirir.

Tradicionalmente, la normativa de opas se aplicaba a las empresas que cotizan en mercados regulados, como el bursátil. Sin embargo, la nueva Ley del Mercado de Valores (LMV), aprobada en 2023, como novedad importante contempló que se aplicara a los sistemas multilaterales de negociación, que son mercados financieros donde operan pymes y empresas emergentes.

El proyecto incorpora adaptaciones pensadas para ajustarse a las características de las pymes. Entre sus aspectos considerados positivos por la CNMC figuran la extensión del régimen de opas a los sistemas multilaterales de negociación, lo que puede incentivar que más pymes participen en estos mercados financieros. También, la nueva normativa “ofrece mayor protección a los inversores originales” y mayor participación, lo que fomentaría el crecimiento empresarial, contribuiría a aumentar la transparencia, reduciría la dependencia de la financiación bancaria y permitiría avanzar hacia una mayor integración de los mercados financieros a nivel europeo. “Todo esto puede favorecer una competencia más efectiva en diferentes sectores de la economía”, considera.

La CNMC apunta como observaciones que la nueva legislación excluye a las sociedades de inversión libre y a las entidades de capital riesgo “sin justificar estas excepciones”, por lo que recomienda justificarlas. También amplía el plazo disponible de tres meses a 12 para formular una opa en los sistemas multilaterales de negociación sin justificar y exige que los expertos que pueden realizar informes de valoración del precio al que se formula una opa estén inscritos en un registro especial cuando dicha exigencia “solo debería establecerse” mediante norma con rango de ley.

La CNMC recordó que puede actuar de manera consultiva, a petición de las Cámaras Legislativas, el Gobierno, los departamentos ministeriales, las comunidades autónomas, las corporaciones locales, los colegios profesionales, las cámaras de comercio y las organizaciones empresariales y de consumidores y usuarios o de oficio.

(SERVIMEDIA)
03 Jul 2025
MMR/clc