Madrid
La Comunidad de Madrid legislará para poder ejercer acción popular ante boicots como el de La Vuelta
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó este miércoles un proyecto de ley para ejercer la acción popular en delitos contra el patrimonio natural e histórico-artístico y en desórdenes que afecten a eventos públicos como el que impidió la celebración de la etapa final de La Vuelta ciclista en Madrid.
El Ejecutivo autonómico remitirá próximamente el texto a la Asamblea regional para su tramitación parlamentaria. Esta normativa, según la Comunidad, busca reforzar la protección de determinados bienes y acontecimientos públicos de interés general frente a conductas delictivas de especial relevancia. La medida se suma a las causas de violencia contra la mujer y de terrorismo, en las que la Administración autonómica ya se persona para salvaguardar los intereses de las víctimas, sus familias y la sociedad.
Para ello, el Ejecutivo autonómico modificará tres leyes. En primer lugar, la Ley 16/1995 Forestal y de Protección de la Naturaleza, para poder actuar en procesos penales por delitos de incendio y atentados contra el medio ambiente de gravedad significativa.
En segundo lugar, adaptará la Ley 17/1997 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. Esto permitirá la personación en procedimientos por desórdenes públicos que impidan o dificulten la celebración de acontecimientos de interés general, como ocurrió en la última edición de la Vuelta Ciclista a España. Por último, la reforma actuará sobre la Ley 8/2023 de Patrimonio Cultural para incluir los delitos sobre bienes de valor histórico, artístico, científico o monumental.
El Gobierno regional aclaró que el ejercicio de la acción popular no impide que la Comunidad de Madrid pueda intervenir como acusación particular si resulta directamente perjudicada, reclamar el importe de los daños mediante la acción civil o ejercitar otras acciones que estime oportunas.
(SERVIMEDIA)
18 Mar 2026
JAM/AGC/gja


