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EL CONSEJO DE MINISTROS APRUEBA UN CONVENIO DE EXTRADICION CON CHINA

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros acordó hoy remitir a las Cortes la ratificación de un convenio de extradición y traslado de personas condenadas.

Con este tratado, ambos países convienen en concederse la extradición de cualquier persona a quien se reclame para su enjuiciamiento, o para la imposición o cumplimiento de una condena.

El convenio señala, en primer lugar, aquellos delitos que dan lugar a la extradición y se especifica que no podrá denegarse en casos de terrorismo, a los que no se considera como delitos políticos. El tratado estipula que se denegará la extradición si el delito por el que se solicita pueda ser castigado con la pena de muerte, a no ser que se ofrezcan garantías suficientes de que la pena de muerte no se impondrá.

La finalidad del convenio para el traslado de personas condenadas es la rehabilitación social de los condenados de ambos países, para lo cual se establece que las personas privadas de su libertad en el extranjero por la comisión de un delito pueden cumplir condena en su país de origen.

En el convenio aprobado hoy también se abordan otras cuestiones relativas al principio de especialidad, concurso de solicitudes, entrega de personas extraditadas y entrega de bienes.

(SERVIMEDIA)
27 Ene 2006
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