BARAJAS

EL CONSTITUCIONAL ANULA UNA LEY VASCA QUE PERMITÍA SER FUNCIONARIO A PERSONAL DOCENTE SIN TENER TITULACIÓN

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Constitucional ha anulado parte de una normativa del País Vasco que permitía al personal docente acceder a la condición de funcionario, aún careciendo de la específica titulación, y mediante pruebas selectivas restringidas.

Se trata del artículo 10 de la Ley del País Vasco 16/1997, de 7 de noviembre, que introduce un nuevo apartado 3 en la Disposición adicional segunda de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca,

Dicha disposición señalaba que "el personal docente que tenga la condición de laboral fijo, y esté adscrito a plazas incluidas en las vigentes relaciones de puestos de trabajo docentes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación podrá acceder a la condición de funcionario de carrera docente en el Cuerpo correspondiente al nivel de la plaza a la que está adscrito, aun careciendo de la específica titulación para el acceso a dicho Cuerpo, mediante pruebas selectivas restringidas que, con carácter excepcional, podrán ser convocadas por la Administración Educativa".

Esta normativa fue recurrida en 1998 por el Defensor del Pueblo, más de 50 senadores del Grupo Parlamentario Socialista del Senado y el entonces presidente del Gobierno, José María Aznar.

El Alto Tribunal avala las tesis de los recurrentes, para quienes la citada normativa autonómica es inconstitucional porque menoscaba preceptos básicos, al eximir del requisito de estar en posesión de la titulación específica para ocupar determinados puestos, y porque prevé pruebas selectivas restringidas sin cobertura en la legislación estatal básica.

(SERVIMEDIA)
15 Feb 2006
VBR