Vivienda

El Defensor del Pueblo advierte del desconocimiento ciudadano sobre los procesos para adquirir vivienda protegida

- El principal problema es una "elevada lista de espera"

MADRID
SERVIMEDIA

El Defensor del Pueblo advirtió este lunes acerca de los procesos de solicitudes para adquirir una vivienda pública protegida, que concentran la mayoría de quejas en materia de vivienda, y apuntó que existe desconocimiento sobre los dos procedimientos “diferentes y paralelos” con los que cuentan las administraciones autonómicas.

Así lo recoge el informe anual de actividades que la institución dirigida por Ángel Gabilondo presentó este lunes en el Congreso de los Diputados, que constata que las quejas hacen patentes “las dificultades para acceder a la vivienda en el mercado libre” por los altos precios, así como la “desconfianza y hasta desesperación” de los ciudadanos ante las “largas esperas” que implican estos procedimientos.

El informe relata que, para esta cuestión, existe un procedimiento “ordinario” para facilitar el acceso al uso y disfrute de una vivienda a personas cuyos recursos económicos no son suficientes para obtenerla en el mercado y un procedimiento “extraordinario” destinado a situaciones de emergencia social habitacional.

No obstante, el texto recoge que en ambos procedimientos el “principal problema” es “la existencia, en todas las comunidades autónomas, de una lista de espera muy prolongada, a causa del insuficiente número de viviendas públicas de protección” en comparación con las personas que cumplen los requisitos para ser adjudicatarias.

Este problema ha sido reconocido por las consejerías competentes, asegura el informe, que detalla que “pueden pasar años hasta acceder a una vivienda de protección pública”. El informe denuncia que “la única solución pasa por intensificar los medios y recursos destinados al fomento del acceso a la vivienda”.

En concreto, esta escasez de vivienda afecta especialmente a las personas más vulnerables y con menos recursos, especialmente en supuestos de emergencia social, cuya atención cobra una “especial relevancia”.

Según el Defensor del Pueblo, es obligación de la Administración “priorizar las necesidades” entre los solicitantes, algo que no encuentra “acomodo eficaz” en las normas ni en la actuación administrativa. En este sentido, denuncia que en Castilla-La Mancha no se cuentan con viviendas para las situaciones de urgencia social.

A este respecto, el informe detalla que estas situaciones dependen de la existencia de viviendas vacantes en el procedimiento ordinario y, teniendo en cuenta la lista de espera existente, lo “previsible” es que la existencia de vacantes sea “muy infrecuente”.

El Defensor del Pueblo ha formulado la recomendación de establecer un procedimiento específico para la adjudicación de vivienda en situaciones de emergencia social, dotado de recursos propios, algo que la consejería se ha comprometido a estudiar. No obstante, prevé dificultades por requerir un “parque de viviendas rotatorio destinado singularmente a esa finalidad”.

Por otro lado, el informe también reclama coordinación y cooperación entre los órganos autonómicos y locales. Refiere, en este caso, a la negativa del Ayuntamiento de Alicante a tramitar solicitudes de valoración y propuesta de solicitud urgente enviadas desde la Entidad Valenciana de Vivienda y Suelo y su intención de aceptar únicamente que las personas en esta situación se dirijan directamente al ayuntamiento.

BAREMACIÓN DE SOLICITUDES

Otro ámbito de queja es la existencia de baremos de solicitud como el de Castilla-La Mancha, donde no existe una puntuación por cada solicitante ni, en consecuencia, un orden general de los inscritos. A juicio del Defensor del Pueblo, es “preciso” un modelo de baremación basado en un sistema de puntuación, distribuido “en la necesidad de vivienda y las circunstancias personales, familiares y económicas de los solicitantes”.

Por otro lado, el informe denuncia que en la Comunidad de Madrid el procedimiento de carácter extraordinario destinado a la adjudicación de viviendas por emergencia social está supeditado a unos requisitos “en exceso estrictos”. De hecho, apunta que en ninguna de las quejas tramitadas por el Defensor del Pueblo la consejería ha adjudicado “una sola vivienda” por este tipo de procedimiento.

(SERVIMEDIA)
13 Mar 2023
JMS/gja