'Ley del solo sí es sí'

Una enmienda a la Ley del Aborto endurece las penas por usar sin consentimiento imágenes de menores y personas con discapacidad

MADRID
SERVIMEDIA

Junts logró este jueves introducir una enmienda en el texto del Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, que fue aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados antes de su remisión al Senado, y que permitirá modificar la disposición final cuarta de la 'Ley del solo sí es sí' para endurecer las penas por la utilización, sin su consentimiento, de la imagen de menores de edad y personas con discapacidad en anuncios, perfiles falsos de redes sociales o páginas de contacto.

En su enmienda a la Ley del Aborto, Junts propone una disposición adicional nueva por la que se modifica el artículo 172 ter del Código Penal, iniciativa que contó con el respaldo de la mayoría del arco parlamentario, incluido el PP, a excepción de PSOE y Unidas Podemos, al entender, según fuentes de Igualdad, que lo que propone el texto de la enmienda ya está recogido en la 'Ley del solo sí es sí'.

En concreto, según la enmienda aprobada este jueves, quien, sin consentimiento de su titular, utilice la imagen de una persona para realizar anuncios o abrir perfiles falsos en redes sociales, páginas de contacto o cualquier medio de difusión pública, ocasionándole una situación de “acoso, hostigamiento o humillación”, será castigado con pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses, como ya establecía la ‘Ley del solo sí es sí’, con la novedad de que, si la víctima del delito es un menor o una persona con discapacidad, “se aplicará la mitad superior de la condena”.

En su justificación de la enmienda, el partido independentista defendió que, aun cuando la ley “ya establece un marco legal para condenar a quienes usen la imagen de una persona sin el consentimiento de ésta, creándole situación de acoso, hostigamiento o humillación”, el hecho de “especificar” que la condena deba ser “superior” en los casos de víctimas menores o personas con discapacidad “supone una mejora sustancial” del texto legal ya que, a su entender, “mejora la protección para los más vulnerables”.

(SERVIMEDIA)
15 Dic 2022
KRT/MFN/MJR/clc