ESPAÑA ES EL SEGUNDO PAIS EUROPEO QUE APRUEBA UN CODIGO ETICO PARA GALERISTAS
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La Asociación Nacional de Profesionales de Galerías de Arte (ANPGA) ha aprobado un Código Etico Profesional, el segundo que se promueve en Europa, después del que rige ya en Francia, que le ha servido como referencia.
El presidente de la ANPGA, Antonio de Navasués, explicó a Servimedia que este reglamento moral "pretende traducir en letra impresa aquello que venimos practicando los galeristas desde hace tiempo, pero nos parecía muy justo salvaguardar ese comportamiento con una pautas oficiales".
El fundamento de este código, que consta de unas diez páginas, recoge las fórmulas que deben emplearse en las relaciones comerciales con los colegas galeristas, con los artistas productores de obras y con los clientes.
En su última asamblea, que aprobó el mencinado código profesional, la ANPGA introdujo también algunas correcciones en sus propios estatutos, que se refieren a asuntos como las condiciones de entrada de nuevos socios en la asociación o al número de miembros necesarios para primera o segunda convocatoria.
Entre los requisitos que debe cumplir una galería para ingresar en la asociación, figuran la exigencia de que sea presentada por otra galería que ya sea miembro y la demostración fehaciente de que ha estado al menos dos años abierta al público que se puede probar con la fecha de la licencia fiscal.
Las últimas incorporaciones a la ANPGA han sido las galerías "Punto" de Valencia, "Dau al set" de Barcelona, "Van Dyck" de Gijón, "Arteta" de Bilbao y "Pelaides" de Mallorca, y según señaló Navascués, antes del verano podrían entrar otras cinco.
Acerca de la postura de los galeristas frente a la Ley del Patrimonio, cuyo texto aprobaron las Cortes y que está pendiente de la inminente publicación en el Boletín Oficial del Estado, el president de ANPGA aseguró que "no nos vamos a mover de nuestra posición de seguir solicitando la exención fiscal total".
En opinión de Navacués, no debe confundirse esta demanda con una supresión del IVA, sino que se trata de que, a partir del momento en que una persona adquiere una obra de arte, sea libre de su tenencia, sin tener que declararlo periódicamente como renta patrimonial.
(SERVIMEDIA)
10 Jun 1991
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