Vivienda

Expertos del sector inmobiliario piden discernir entre alquiler turístico y de temporada

- José Ramón Zurdo (ANA) lamenta que los alquileres de temporada estén limitados a nueve meses

VÍDEO: los clientes de Servimedia disponen de imágenes y sonido de estas declaraciones en el enlace https://servimedia.tv/TotalesViviendaTuristicaTemporal

MADRID
SERVIMEDIA

Expertos del sector inmobiliario llamaron a discernir entre alquiler de temporada, que esta regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos, y alquiler turístico, que se trata de una actividad de carácter mercantil.

Así lo explicó la secretaria letrada del Consejo arbitral del alquiler de la Comunidad de Madrid, Beatriz Moreno durante su intervención en el diálogo 'La situación actual del arrendamiento de viviendas', organizado por Servimedia

Para ella, los alquileres de temporada tienen un objeto "muy claro". "Es cierto que el alquiler turístico se está comiendo parte del alquiler tradicional, pero ahí hay detrás una serie de medidas políticas que nada tienen que ver con el arrendamiento urbano en esencia", afirmó.

En este encuentro también participaron el presidente de la Sección de Arrendamientos y Propiedad Horizontal del Colegio de Abogados de Madrid, Alberto Torres; el presidente del Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Madrid, Jaime Cabrero, y el abogado y director general de Agencia Negociadora del Alquiler, José Ramón Zurdo.

En la misma línea se mostró Alberto Torres, quien afirmó que el principal problema es la confusión. "El arrendamiento de temporada siempre debería estar casualizado y sirve para inquilinos que vienen a trabajar de forma temporal o para estudiantes. La jurisprudencia ha perseguido siempre el fraude", aseguró Torres, quien indicó que el fraude se ha incrementado porque el arrendador ha visto que alquilando respecto a la ley de arrendamientos urbanos le perjudicaba.

Respecto al arrendamiento turísticos, aseguró que el fraude se solventaría si las comunidades autónomas tuvieran capacidad inspectora suficiente. "Es cierto que están ocasionando un problema en algunas ciudades", aseveró.

Para Jaime Cabrero hay que distinguir las comunidades de propietarios de los hoteles y lamentó que algunos ciudadanos tengan que convivir en edificios donde frecuentemente hay trasiego de maletas, ruidos, fiestas e incomodidades propias del turismo. "El turismo es el turismo y hay que llevarlo a los edificios del turismo. Los edificios residenciales son para descansar y vivir", aseguró Cabrero, quien señaló que el alquiler turístico en las comunidades de propietarios "se tiene que terminar".

En este sentido, José Ramón Zurdo reconoció que en muchos municipios el alquiler turístico está perjudicando la oferta de alquiler y expulsando a muchos potenciales inquilinos. "Esto se debe a que la rentabilidad del alquiler turístico es mucho mayor", explicó el representante de la Agencia Negociadora, quien también advirtió de que el uso que tienen estas vivienda es mucho mayor y los arrendadores no se pueden aplicar deducciones fiscales. "A lo mejor el alquiler turístico tampoco es la panacea", avisó.

ALQUILERES DE TEMPORADA

Por otra parte, Zurdo afirmó que el debate no debería centrarse en la regulación de los alquileres de temporada y de habitaciones sino en aumentar la oferta de alquiler. "La falta de oferta está haciendo crecer este tipo de arrendamientos, el alquiler de temporada tiene que estar recogido por normas menos estrictas que el alquiler tradicional", aseguró. También lamentó que los arrendamientos de temporadas se limiten a un máximo de nueve meses, ya que la propia naturaleza de este tipo de arrendamientos hace que esto se pueda prolongar más tiempo.

"El Tribunal Supremo afirma en muchas sentencias que el carácter temporal de los arrendamientos no viene marcado por su duración sino por su causa y finalidad", explicó, quien también mostró su contrariedad a que los inquilinos puedan desistir del cumplimiento de este contrato al primer mes, ya que desincentiva la oferta y expone a los arrendadores.

Por último, se mostró en desacuerdo con el hecho de que en este tipo de arrendamientos las fianzas se limiten a medio mes de renta. "Me parece una garantía insuficiente para cubrir los impagos o los daños, van a ser los arrendadores los que cubran este riesgo", concluyó.

(SERVIMEDIA)
19 Oct 2025
ALC/mjg