Temporal

Facua urge a notificar “en el menor tiempo posible” los daños por el temporal

MADRID
SERVIMEDIA

Facua-Consumidores en Acción urgió este lunes a los afectados por el temporal a notificar “en el menor tiempo posible” los daños y recordó que el Consorcio de Compensación de Seguros establece indemnizaciones en caso de "acontecimientos extraordinarios", como inundaciones, tempestades "atípicas", terremotos y maremotos.

Así lo precisó en un comunicado en el que aconsejó a todos los usuarios que puedan haber sufrido daños por los fuertes vientos, las inundaciones u “otras circunstancias” provocadas por el paso de la borrasca Bernard por la península que lo pongan en conocimiento de sus aseguradoras para que “reparen los posibles siniestros”.

Tras insistir en que dichos daños “deben notificarse en el menor tiempo posible”, recomendó entregar a la compañía “todas las pruebas documentales que se puedan recoger de los desperfectos”.

En la misma línea, subrayó que el Consorcio de Compensación de Seguros establece que los usuarios pueden tener derecho a una indemnización si los daños han sido causados por una serie de riesgos que denomina "acontecimientos extraordinarios", entendiendo como tales "las inundaciones extraordinarias" y "la tempestad ciclónica atípica", entre otros.

El Consorcio indica que sólo son indemnizables aquellos daños "que afectan a personas o bienes sobre los que se ha contratado un seguro en cualquier compañía de seguros autorizada, y siempre que la póliza esté vigente en el momento de producirse los daños y el asegurado se encuentre al corriente del pago de la prima".

En el caso de daños por viento, el Consorcio de Compensación de Seguros especifica que estos los cubrirán las aseguradoras atendiendo a lo que indiquen sus respectivas pólizas o el propio Consorcio en caso de que en el municipio se hayan sufrido vientos con velocidades superiores a los 120 kilómetros por hora.

En todo caso, Facua juzgó “recomendable” conservar o no tocar los desperfectos hasta que acuda un perito del Consorcio para revisar los daños. “Si algún organismo público requiriera al afectado realizar alguna acción, es recomendable solicitar un certificado, acta notarial u otro documento oficial donde quede recogido el estado real de los daños padecidos”, resolvió.

Una vez presentada la reclamación ante el Consorcio, el organismo debe enviar un perito y procederá a compensar por los daños sufridos.

(SERVIMEDIA)
23 Oct 2023
MJR/gja