EL GOBIERNO AMPLIA LA COMPOSICION DEL CONSEJO NACIONAL DEL CLIMA, DANDO ENTRADA A ECOLOGISTAS, SINDICATOS Y OTROS SECTORES
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El Consejo de Ministros aprobó hoy un real decreto por el que se regula la composición y funciones del Consejo Nacional del Clima, organismo adscrito al Ministerio de Medio Ambiente.
Entre las funciones del Consejo Nacional del Clima se encuentran elaborar y elevar al Goberno para su aprobación la Estrategia Española de Lucha frente al Cambio Climático, así como realizar su seguimiento y evaluación.
Asimismo, realizará propuestas y recomendaciones para definir políticas y medidas destinadas a combatir el problema del calentamiento terrestre.
Según el Gobierno, la nueva estructura de este organismo lo convertirá en un órgano más abierto y más eficaz en la lucha frente al cambio climático.
Además, el Ejecutivo considera que se convertirá en un foro de participción social al incluir a todos los sectores relacionados con la puesta en marcha de medidas encaminadas a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.
El pleno del Consejo Nacional del Clima, que se reunirá al menos una vez al año, estará compuesto por el ministro de Medio Ambiente, que ejercerá la Presidencia; la secretaria general de Medio Ambiente, que asumirá la Vicepresidencia, y el secretario general de la Oficina Española de Cambio Climático, que actuará como secretario.
Los vocals que integran el pleno de este órgano son los directores generales del Instituto Nacional de Meteorología, de Calidad y Evaluación Ambiental, de Conservación de la Naturaleza, de Costas y de Obras Hidráulicas, todos del Ministerio de Medio Ambiente.
Asimismo, formarán parte como vocales del pleno representantes de los ministerios de Asuntos Exteriores; de Hacienda; Interior; Fomento; Educación, Cultura y Deporte; Agricultura, Pesca y Alimentación; Presidencia; Administraciones Públicas; Sanidad y Conumo; Economía y Ciencia y Tecnología.
También participarán un representante de cada comunidad autónoma; tres representantes designados por la asociación de entidades locales de ámbito estatal de mayor implantación; dos representantes de las organizaciones de empresarios de mayor implantación; un representante designado por el Consejo Superior de Cámaras de Comercio y dos vocales de amplia experiencia en materia medioambiental designados por el Ministro de Medio Ambiente.
El pleno contará igualmene con tres vocales designados por las organizaciones ecologistas de mayor implantación; dos vocales pertenecientes al ámbito de la docencia universitaria y a la investigación, designados por la ministra de Ciencia y Tecnología que sean expertos en materias relacionadas con el cambio climático; dos vocales designados por los sindicatos más representativos de ámbito nacional y dos vocales designados por las organizaciones de consumidores y usuarios con mayor implantación
(SERVIMEDIA)
02 Nov 2001
GJA