Incendios

El Gobierno aprueba ayudas para agricultores y ganaderos afectados por los grandes incendios de este verano

- Las percibirán los titulares de explotaciones que tengan declarados ingresos agrarios de más de 1.000 euros

- La ayuda se fija en un 20% de los ingresos declarados por los beneficiarios, con un mínimo de 1.500 euros y un máximo de 10.000

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este martes un real decreto por el que se regula la concesión directa de ayudas para compensar los daños producidos en la actividad agraria por los grandes incendios del pasado verano.

La gestión y concesión de estas ayudas se realizará de oficio por el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación, sin que los interesados deban realizar ningún tipo de trámite, según informó el titular de este departamento, Luis Planas, en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros.

El objetivo es que estas ayudas se concedan y abonen ante del 31 de diciembre de 2025. Estas subvenciones serán compatibles con las indemnizaciones de las comunidades autónomas y las que pueda financiar la Unión Europea mediante la reserva agrícola que ha solicitado España.

Se trata de una ayuda de ‘minimis’ con la que el Gobierno quiere apoyar de manera rápida la disponibilidad de fondos de los agricultores y ganaderos para hacer frente a los gastos y perdidas que puedan haberle ocasionado los incendios, con independencia de las indemnizaciones que les correspondan por los seguros que tuvieran contratados.

Tendrán derecho a la ayuda los titulares de las explotaciones agrarias afectados por los grandes incendios que tengan unos ingresos agrarios declarados a la Administración tributaria superiores a 1.000 euros en el año 2024, y siempre que las parcela agrícola o explotación ganadera correspondiente estén correctamente inscritas en los registros oficiales.

La ayuda será el equivalente al 20% de los ingresos agrarios, y se establecen un límite mínimo de 1.500 euros para todos aquellos beneficiarios a los que el cálculo resulte inferior a esta cifra y un tope máximo de 10.000 euros para los casos en que resulte una cantidad superior. Estos límites se ampliarán a 6.000 y 16.000 euros respectivamente para los agricultores y ganaderos que hayan sido indemnizados por el seguro agrario por daños causados por los incendios.

Los nuevos agricultores y ganaderos que hayan iniciado su actividad en el año 2025 con la condición de joven establecida en el Plan Estratégico Nacional de la Política Agraria Común (PAC) y hayan presentado por primera vez la solicitud única en esta campaña, tendrán derecho a una ayuda fija de 1.500 euros. Así mismo, con el objeto de promocionar y apoyar el sistema de seguros agrarios y dar un apoyo adicional a los agricultores y ganaderos que los hayan suscrito, el real decreto eleva la subvención del ministerio a la contratación del seguro hasta un 70 % del coste de la póliza. En el anejo del Real Decreto se relacionan los 224 municipios afectados por los grandes incendios, según el Sistema Europeo de Información sobre Incendios Forestales (EFFIS), pertenecientes a las comunidades de Andalucía, Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia y Madrid.

(SERVIMEDIA)
21 Oct 2025
JRN/gja