Justicia

El Gobierno aprueba una ley para reforzar el acceso judicial a pruebas digitales en la UE

- Da también luz verde a la transposición de una directiva europea para proteger a periodistas y activistas de "demandas abusivas"

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este martes en primera vuelta un anteproyecto de ley que regula la conservación y la entrega de pruebas digitales en procedimientos judiciales transfronterizos que afectan a más de un país dentro de la Unión Europea (UE). También dio luz verde a la transposición de una directiva europea para proteger a periodistas y activistas de "demandas abusivas".

Así lo confirmó el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, durante su intervención en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en donde explicó que se trata de la transposición al ordenamiento español del denominado paquete 'e-evidence', que incluye una directiva y un reglamento europeos para reforzar la cooperación judicial en la UE.

Según señaló Bolaños, "hoy las pruebas digitales son fundamentales en cualquier procedimiento judicial", por lo que puso de relieve la importancia de esta norma al subrayar que la Justicia ha de poder actuar "con rapidez, agilidad y eficacia para impedir que se pierdan".

En concreto, el texto prevé que los prestadores de servicios digitales (operadoras de telefonía, de mensajería, redes sociales y de almacenamiento en la nube) tendrán que designar a un representante legal para recibir, atender y ejecutar las solicitudes de preservación y de obtención de pruebas electrónicas presentadas por autoridades judiciales, fiscales o policiales.

Tal y como destaca Justicia, de esta forma, se podrán obtener "rápidamente datos relevantes" para investigaciones o procedimientos penales o para localizar a una persona condenada y así ejecutar la pena. Esto "cambia el esquema tradicional de cooperación europea", en el que las órdenes se dirigían de una autoridad judicial a otra autoridad judicial.

En cuanto a los plazos que se establecen para que las empresas prestadoras de servicios digitales cumplan la obligación de conservar o de entregar la documentación, el ministro quiso destacar que el más amplio, de diez días, es el plazo general para la entrega de la documentación, aunque con carácter "excepcional" se puede reducir incluso a las ocho horas. En cuanto al tiempo para que las compañías requeridas por un juez o un fiscal conserven una prueba digital, el plazo para que cumplan es de cuatro horas, detalló.

Unos plazos, hizo hincapié, "muy ambiciosos, muy rápidos" para que se pueda conservar, entregar y en su caso utilizar en una investigación penal cualquier prueba digital de la que, en ocasiones, "depende que se pueda terminar la investigación y que se pueda finalmente imputar delitos a las personas que lo están cometiendo".

"DEMANDAS ABUSIVAS"

Por otra parte, el Consejo de Ministros también dio luz verde a un anteproyecto de ley para la transposición al ordenamiento jurídico español de la directiva de la UE conocida como 'Directiva anti-Slapp'. Una norma dirigida a "proteger a quienes participan en el debate público, como los periodistas o los activistas de derechos humanos" que sufren "demandas abusivas o manifiestamente infundadas" para evitar que sigan realizando su trabajo, explicó Bolaños.

Al mismo tiempo, el ministro recordó que esta transposición de la directiva estaba incluida en el Plan de Acción por la Democracia aprobado en septiembre de 2024, poniendo de relieve que, de las 31 medidas que se anunciaron, ya están aprobadas o en tramitación avanzada 27, de las que 17 están aprobadas por completo. Así, celebró el "gran grado de cumplimiento", que es del 87%.

Con esta nueva norma, Bolaños señaló que se da "un paso más" para que nadie pueda utilizar los tribunales "como herramienta de intimidación y para reforzar una democracia que protege a quienes participan en el debate público". Así, introduce medidas para frenar esas "demandas abusivas" en el orden civil y da herramientas a los jueces para la "desestimación temprana de estas demandas desde el inicio si no tienen fundamento". Al mismo tiempo, da la posibilidad de que terceros (como asociaciones o sindicatos) se impliquen en el apoyo del demandado y prevé que se pueda exigir al demandante una garantía para cubrir las costas a las que pueda ser condenado.

Junto a esto, incluye "medidas correctivas", como una "indemnización adicional de daños y perjuicios" para quien ha sufrido la demanda, o la imposición de "multas disuasorias" para que no se repita, además de la publicación de la resolución judicial en medios de comunicación.

La norma se articula a través de dos proyectos legislativos. Una ley ordinaria, por la que se modifican la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la Ley de Cooperación Jurídica Internacional en materia civil, y una ley orgánica, por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial para establecer que los tribunales españoles sean competentes para conocer de las acciones de reclamación de daños y perjuicios y de las costas a personas domiciliadas en España derivados de estas demandas abusivas en terceros países.

Bolaños quiso destacar al respecto que, "afortunadamente", en España "esto no sucede con demasiada frecuencia", aunque sí que señaló que en otros países de la Unión Europea "sí tienen este problema de manera más acusada" y que existen "litigios transfronterizos" que pueden afectar a españoles.

(SERVIMEDIA)
14 Abr 2026
FCM/clc