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El Gobierno fija 2024 para que las cotizadas alcancen el 40% de mujeres en órganos directivos y 2028 para las entidades públicas

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este martes en segunda vuelta para su remisión al Parlamento el proyecto de ley que exigirá un mínimo del 40% de mujeres en los órganos directivos de empresas cotizadas y en órganos constitucionales como el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) o el Tribunal Constitucional, estableciendo como fecha límite junio de 2024 para las empresas del Ibex-35 y junio de 2028 para el sector público.

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, expuso en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que la ley de paridad se deriva de la transposición de una directiva europea que pide un mínimo del 40% del sexo menos representado, en este caso las mujeres, en los órganos de decisión públicos y privados de grandes empresas, órganos constitucionales y colegios profesionales.

Actualmente, la presencia de mujeres en los consejos de administración de las sociedades cotizadas en España se sitúa en el 29,3% (357 consejeras de un total de 1.220), y se limita al 19,6% en el caso de la alta dirección (excluidas altas directivas consejeras).

Calviño precisó que la nueva norma se aplica a todas las empresas públicas, a los partidos políticos con las llamadas ‘listas cremallera’ en las candidaturas electorales, al Consejo de Ministros, a los órganos constitucionales y a grandes empresas que cotizan. En el ámbito de la Administración General del Estado, los órganos superiores y directivos (por ejemplo, las secretarías de Estado, las subsecretarías y las direcciones generales) de cada Ministerio deberán incorporar también este principio en los próximos cinco años.

Calviño explicó que los dos cambios que se han introducido respecto al texto inicial es la extensión de la cuota de mujeres a los órganos constitucionales, entre los que citó el Consejo de Estado, el CGPJ, el Tribunal Constitucional, el Tribunal de Cuentas o el Consejo Fiscal, y la flexibilización del calendario para alcanzar el objetivo, que irá de 2024 para las cotizadas del Ibex-35 hasta 2028 para las entidades públicas.

En concreto, el 30 de junio de 2024 acaba el plazo para las cotizadas del Ibex, un año más tarde finaliza para las empresas con una capitalización bursátil superior a los 500 millones, el 30 de junio de 2026 finaliza para las de capitalización inferior, las sociedades de interés público tendrán hasta esa misma fecha para cumplir con una cuota del 33% y el 30 de junio de 2028 para el 40%.

Dado el diferente punto de partida, se proporciona un plazo adicional para la adaptación hasta el 30 de junio de 2026 en las juntas de gobierno de los consejos generales y los colegios profesionales. A su vez, se establece igualmente una implementación progresiva para las empresas grandes no cotizadas, que deberán cumplir con un objetivo del 33% a finales de junio de 2026 y del 40% a finales de junio de 2028.

CONSEJOS DE ADMINISTRACIÓN Y ALTA DIRECCIÓN

Así, con la nueva norma, los consejos de administración de las sociedades cotizadas y de las entidades de interés público que tengan más de 250 trabajadores y una cifra de negocios de más de 50 millones de euros o un activo superior a 43 millones de euros deberán tener una composición acorde con la cuota fijada. Para lograrlo, deberán adaptarse los procesos de selección para asegurar el cumplimiento de esta disposición, debiendo, en caso de empate entre varios candidatos, elegir al del sexo menos representado en el consejo, según detalló el Ministerio en una nota de prensa.

En ambos tipos de sociedades se establece la obligación de velar por que la alta dirección también cumpla este principio y deberá detallarse en la memoria la situación al respecto. En el caso de las sociedades cotizadas se establece como infracción grave el incumplimiento de estas previsiones.

Al ser preguntada sobre el régimen sancionador, la vicepresidenta comentó que la norma es más exigente cuando no se cumpla con la cuota en el caso de las empresas cotizadas y la compañía tendrá que establecer protocolos para cumplir.

El principio de representación equilibrada deberá cumplirse también en las juntas de gobierno de los colegios profesionales, que además deberán incluir en su memoria anual el número de miembros desglosados por sexo y, en caso de no alcanzar el porcentaje establecido, aclarar los motivos y las medidas adoptadas para alcanzarlo. También deberá cumplirse en tribunales, jurados y órganos colegiados constituidos para otorgar premios o condecoraciones de la Administración General del Estado o entidades integrantes del sector público.

Calviño resaltó que “con esta ley damos un paso importante para lograr la paridad efectiva sin por ello establecer exigencias desproporcionadas para las grandes empresas con el fin de tener un régimen proporcionado y que logre los objetivos” y “España se pone a la vanguardia” en esta materia.

(SERVIMEDIA)
23 Mayo 2023
MMR/clc