EL GOBIERNO FIJA UN NUEVO SISTEMA DE BONIFICACIONES AL EMPLEO ESTABLE, PERO REDUCE SU CUANTIA
- Si los beneficiarios son jóvenes menores de 30 años, la cuantía es del 40% de las cotizaciones a la Seguridad Social en lo dos primeros años (en todos los casos, la cuantía en el tercer año es del 20% salvo excepciones, por lo que no se repetirá esta mención).
- Para parados de larga duración, 40% en los dos primeros años.
- Para mayores de 45 años, 60% en los dos primeros años y 50% en todos los años posteriores.
- Para mujeres que son paradas de larga duración y que sean contratadas en sectores con menor índice de presencia femenina, 60% en los dos primeros años.
- Para discapacitados, 70% si los beneficarios son menores de 45 años y 90% si superan esta edad. En ambos casos las bonificaciones se mantienen durante toda la vigencia del contrato.
- Para jóvenes, 35% de las cuotas a la Seguridad Social en el primer año de vigencia del contrato y 25% en el segundo. Si las beneficiarias son mujeres, ambos porcentajes se amplía en cinco puntos.
- Para parados de larga duración 40% en el primer año y 30% en el segundo (cinco puntos más para las mujeres).
- Para mayores de 45 años, 45% en el primer año y 40% en el resto de la vigencia del contrato (cinco puntos más para las mujeres).
- Para paradas de larga duración contratadas en sectores en los que tienen poca presencia, 45% en el primer año y 40% en el segundo.
- Para discapacitados, 70% si son menores de 45 años y 90% si superan esta edad.
- Un 50% de las cotizaciones con carácter general y para los contratos formativos, en ambos casos en los dos primeros años.
- Para mujeres empleadas en sectores en los que tienen baja presencia, un 60% en los dos primeros años
- Para mayores de 45 años, 60% en los dos primeros años y 50% en el resto de la vigencia del contrato.
- 25% durante los dos primeros años en todos los casos.
- Contratos a tiempo parcial estables, las mismas bonificaciones que para los de tiempo completo, con la salvedad de que las mujeres no gozan en este caso de trato preferente.
- Contratos de sustitutición por bajas de maternidad, 100% de las cotizaciones durante toda su duración.
- Contratos temporales para discapacitados, 75% a 100% en los tres primeros años, según los casos.
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El secretario general de Empleo, Manuel Pimentel, dio cuenta hoy en rueda de prensa del nuevo sistema de bonificaciones al empleo estable, que sustituirá al establecido por la reforma laboral a partir del próximo 18 de mayo.
En general, se reduce la cuantía de las ayudas, aunque se mantiene en el caso de los contratos fijos a parados de larga duración, a discapacitados y a mujeres en algunos casos. En cambio, los incentivos para la transformació de contratos temporales en indefinidos se rebajan a la mitad.
Otra novedad es que se prorroga por un tercer año las bonificaciones para los contratos amparados por la reforma laboral, si bien su cuantía será del 20% del total de las cuotas a la Seguridad Social, salvo algunas excepciones.
Pimentel explicó que el sistema de bonificaciones se revisará anualmente a partir de 1999 y destacó que, por primera vez, se introducen ayudas para la contratación a tiempo parcial estable.
El régimen de bnificaciones para este año es especialmente complejo, puesto que convivirán dos sistemas: los contratos que se celebren hasta el 17 de mayo incluido gozarán de las ayudas establecidas por la reforma laboral, que son más cuantiosas.
La novedad, ya comentada, es que tendrán derecho a un tercer año de subvenciones, si bien éstas sólo cubrirán el 20% de las cotizaciones a la Seguridad Social.
A partir de esa fecha, los contratos estables se seguirán beneficiando de bonificaciones en los mismos supuesos que los establecidos en la reforma, pero en general sólo durante dos años.
La excepción son los contratos de sustitución por baja maternal y los de discapacitados, que gozarán del mismo sistema de subvenciones a lo largo de todo el año.
La contratación de mujeres se fomenta especialmente, puesto que la cuantía de sus ayudas se incrementa en cinco puntos adicionales en el nuevo sistema, excepto en los contratos a tiempo parcial.
Otra innovación es que se introduce un nuevo requisito para qe las empresas se puedan beneficiar de estas ayudas a partir del 17 de mayo: en caso de despido improcedente de contratos bonificados, no podrán acceder a estas bonificaciones durante un año.
CUANTIAS
Para las contrataciones indefinidas desde el primer momento, las cuantías de las subvenciones serán las siguientes para los contratos suscritos hasta el 17 de mayo incluido:
- Si los beneficiarios son jóvenes menores de 30 años, la cuantía es del 40% de las cotizaciones a la Seguridad Social en lo dos primeros años (en todos los casos, la cuantía en el tercer año es del 20% salvo excepciones, por lo que no se repetirá esta mención).
- Para parados de larga duración, 40% en los dos primeros años.
- Para mayores de 45 años, 60% en los dos primeros años y 50% en todos los años posteriores.
- Para mujeres que son paradas de larga duración y que sean contratadas en sectores con menor índice de presencia femenina, 60% en los dos primeros años.
- Para discapacitados, 70% si los beneficarios son menores de 45 años y 90% si superan esta edad. En ambos casos las bonificaciones se mantienen durante toda la vigencia del contrato.
A partir del 18 de mayo, el régimen de ayudas que se establecerá para los contratos indefinidos iniciales es el siguiente:
- Para jóvenes, 35% de las cuotas a la Seguridad Social en el primer año de vigencia del contrato y 25% en el segundo. Si las beneficiarias son mujeres, ambos porcentajes se amplía en cinco puntos.
- Para parados de larga duración 40% en el primer año y 30% en el segundo (cinco puntos más para las mujeres).
- Para mayores de 45 años, 45% en el primer año y 40% en el resto de la vigencia del contrato (cinco puntos más para las mujeres).
- Para paradas de larga duración contratadas en sectores en los que tienen poca presencia, 45% en el primer año y 40% en el segundo.
- Para discapacitados, 70% si son menores de 45 años y 90% si superan esta edad.
En el caso de que se trate de conversión de contratos temporales enfijos, hasta el 17 de mayo:
- Un 50% de las cotizaciones con carácter general y para los contratos formativos, en ambos casos en los dos primeros años.
- Para mujeres empleadas en sectores en los que tienen baja presencia, un 60% en los dos primeros años
- Para mayores de 45 años, 60% en los dos primeros años y 50% en el resto de la vigencia del contrato.
A partir del 17 de mayo:
- 25% durante los dos primeros años en todos los casos.
Las cuantías para el resto de los casos so:
- Contratos a tiempo parcial estables, las mismas bonificaciones que para los de tiempo completo, con la salvedad de que las mujeres no gozan en este caso de trato preferente.
- Contratos de sustitutición por bajas de maternidad, 100% de las cotizaciones durante toda su duración.
- Contratos temporales para discapacitados, 75% a 100% en los tres primeros años, según los casos.
Manuel Pimentel destacó en la rueda de prensa que el coste de las bonificaciones será este año de 290.000 milones de pesetas, con los que se espera incentivar 800.000 de los 1,1 millones de nuevos contratos indefinidos que se harán este año.
El número de contratos indefinidos que se estaban bonificando a fecha del 31 de diciembre era de 880.000. Se calcula que a finales de este año se se habrán incentivado 1.590.000 puestos de trabajo (incluyendo los 800.000 de nueva creación).
El secretario de Empleo justificó el mantenimiento de las ayudas con que todavía hay que hacer más esfuerzos para introducir lacultura de la estabilidad en el empleo.
(SERVIMEDIA)
14 Ene 1999
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