Laboral

El Gobierno reconoce como cotizados los años de los deportistas profesionales antes de integrarse en el Régimen General

- También los periodos de actividad ejercidos por los ministros de culto evangélicos y adventistas

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este martes un real decreto por el que se declaran computables, a efectos del reconocimiento de la pensión de jubilación, los periodos de actividad ejercidos por los deportistas profesionales, que se realizaron antes de su integración en el Régimen General de la Seguridad Social.

Según detalló el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en un comunicado, esta medida beneficiará a quienes residían en España y ejercían su actividad deportiva de forma habitual en territorio nacional, con contrato profesional, siempre que estuviesen incluidos en la relación laboral especial de deportistas profesionales y la hubiesen desarrollado entre el 15 de marzo de 1980 y la fecha de su integración en el Régimen General de la Seguridad Social.

Hasta el año 2003, con la entrada en vigor del real decreto 287/2003, no se hizo efectiva la plena integración de los deportistas profesionales en el sistema de Seguridad Social, si bien la incorporación de las disciplinas deportivas se produjo de manera gradual en el tiempo, con la aprobación de diferentes normas reglamentarias -tal y como sucedió con los ciclistas y los jugadores profesionales de baloncesto y de balonmano-.

Esta integración tuvo efectos en el período de cotización de quienes tenían condición de deportistas profesionales, pues el tiempo transcurrido entre el reconocimiento de la relación laboral de carácter especial del Estatuto de los Trabajadores en 1980 hasta el momento de la aprobación de la norma reglamentaria correspondiente, no se tuvo en cuenta a efectos de cotización en el Sistema, de modo que se computó como lagunas de cotización.

Ahora se reconocen esos años de trabajo y para ello, los solicitantes deben aportar, además de la solicitud de la pensión de jubilación o de revisión, la certificación expedida por el club, entidad deportiva correspondiente o federación, en el caso de que haya desaparecido el club, que acredite la condición de deportista profesional, así como del período de actividad que se hubiese desarrollado en España desde el 15 de marzo de 1980 hasta la fecha de integración en el Régimen General de la Seguridad Social.

La solicitud se tendrá que dirigir de forma presencial o electrónica ante el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS).

Por otra parte, será el Consejo Superior de Deportes quien asumirá el ingreso del capital coste de la pensión correspondiente.

El contenido de este real decreto, que no incluye a los jugadores profesionales de fútbol que se rigen por su normativa específica, entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Igualmente, el Consejo de Ministros también aprobó hoy un real decreto para establecer el procedimiento para reconocer como cotizados a la Seguridad Social los periodos de actividad ejercidos como ministros de culto de las iglesias pertenecientes a la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España con anterioridad a su integración en el Régimen General de la Seguridad Social.

Con la nueva norma, los ministros de culto de las iglesias Adventistas del Séptimo Día o Evangélicas que hubieran desarrollado su actividad en territorio español con anterioridad a la fecha efectiva de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social -1987, en el caso de los adventistas, y 1999, en el de los evangélicos– tendrán la posibilidad de recuperar ese tiempo como cotizado para las pensiones de jubilación, incapacidad permanente o muerte y supervivencia.

Para efectuar el reconocimiento, la nueva norma establece, entre otros aspectos, los términos para la acreditación de la condición de ministro de culto y del tiempo de desempeño de su actividad en estas iglesias.

Para la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, “es un acto de justicia” con los deportistas, que “tantas alegrías y triunfos nos ha dado”, y con el colectivo evangélico, “perseguido durante la dictadura” y que “desarrolló su actividad en un momento en el que no tenían el paraguas de protección de la Seguridad Social”.

(SERVIMEDIA)
22 Sep 2026
MMR/clc