EL GOBIERNO REGULA EL PROCEDIMIENTO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN DE MUESTRAS BIOLÓGICAS PARA INVESTIGACIÓN
- No se incluyen los embriones y gametos humanos así como las células madre
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El Gobierno aprobó hoy un decreto que regula el procedimiento de importación y exportación de muestras biológicas para el diagnóstico de enfermedades y la investigación que incrementa los requisitos de seguridad y de control, tal y como dispone la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otorgando al mismo tiempo mayor agilidad al proceso.
Asimismo, se crea un registro de importadores y exportadores de muestras biológicas, en el que podrán inscribirse quienes de forma regular efectúen estas operaciones y cumplan todos los requisitos exigidos.
El registro estará sujeto a la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal en lo que se refiere a las muestras de personas físicas que deban aparecer identificadas por sus datos personales.
De esta norma se beneficiarán directamente los centros sanitarios y de investigación, universidades, laboratorios farmacéuticos y también centros como la Organización Nacional de Trasplantes (ONT).
Con esta regulación, informa el ministerio de Sanidad,se satisface una necesidad que venía detectándose en los últimos años ante el notable incremento de importación y exportación de muestras biológicas.
Este incremento se ha reflejado, por ejemplo, en la realización de análisis de sangre y orina sobre muestras procedentes de otros países que no tienen medios adecuados; en muestras de particulares que desean que se analicen en laboratorios de otros países; en la búsqueda por parte de la ONT dedonantes no emparentados en todo el mundo; e incluso en operaciones realizadas por la industria farmacéutica para detectar los efectos adversos de medicamentos en los ensayos clínicos, entre otros.
En el decreto no se incluyen los embriones y gametos humanos así como las células madre y las fuentes de obtención de las mismas, puesto que su importación y exportación no puede ser regulada hasta la aprobación de la futura Ley de Reproducción Asistida que se encuentra actualmente en fase de trámite parlamentario.
Con el fin de incrementar los controles de seguridad, uno de los aspectos centrales de este decreto es la creación del Registro de importadores y exportadores, en el que podrán inscribirse las personas físicas o jurídicas que de forma regular (al menos una vez al trimestre) efectúen estas operaciones.
En el decreto se establece también que los envíos deberán cumplir los requisitos de transporte, embalaje, etiquetado y documentación que estipulen las normas nacionales e internacionales.
(SERVIMEDIA)
27 Ene 2006
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