'Ley de nietos'
Iustitia Europa estudia llevar la ‘ley de nietos’ a la Justicia europea al afectar a las elecciones comunitarias
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El partido Iustitia Europa está estudiando llevar la ‘ley de nietos’ al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), al entender que afecta al voto de las elecciones comunitarias, por las que cada cinco años se elige a los eurodiputados del Parlamento de Estrasburgo.
Fuentes de la formación que encabeza Luis María Pardo explicaron que están analizando plantear una cuestión prejudicial ante el TJUE. Esto se haría en el marco de la causa que sobre la ‘ley de nietos’ se tramita en el Tribunal Supremo por la inclusión de nuevos votantes, en aplicación de esta norma, en el Censo de Electores Españoles Residentes en el Extranjero (CERA).
El recurso que presentaría Iustitia Europa afecta a su procedimiento en el Supremo sobre la ‘ley de nietos’, que es distinto al que también se abrió a raíz de una denuncia de Vox. La primera denuncia va por el procedimiento ordinario, mientras que la segunda, la de los de Santiago Abascal, tiene una tramitación diferente, al haberse planteado que afecta a los derechos fundamentales.
Iustitia Europa está analizando si es viable recurrir al TJUE, lo que podría hacer que se mantuviese vigente la medida cautelarísima dictada por el Supremo este mes de septiembre, que suspendió las altas en el CERA consecuencia de la ‘ley de nietos’.
A LA ESPERA DE RECURSOS
Para que esta fuerza política pueda recurrir a la Justicia comunitaria, no debe recurrirse a la suspensión cautelar que el 8 de septiembre dictó la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, que es la que lleva este asunto. La Fiscalía y la Junta Electoral Central (JEC) ya anunciaron que no recurrirían, pero puede hacerlo la Abogacía del Estado hasta finales de este mes.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo acordó a comienzos de septiembre suspender cautelarmente las altas censales por la ‘ley de nietos’. Se paralizaron estas inscripciones si las personas cuya nacionalidad se había otorgado o se tramitado no era fruto de que fueran descendientes de represaliados del franquismo.
La suspensión de las altas en el CERA afectaba a aquellos que se hubiesen incorporado como votantes como consecuencia de la instrucción del Ministerio de Justicia que desarrolló la ‘ley de nietos’. En este caso, el criterio para obtener la nacionalidad no era haber acreditado ser descendiente de represaliados, sino de personas que salieron de España entre 1936 y 1955.
En los autos en los que el Supremo argumentó que acordar la suspensión de las altas censales "no resulta desproporcionado en relación con los intereses generales" que se trata de preservar, entre ellos el voto de los españoles ya censados correctamente.
(SERVIMEDIA)
17 Sep 2026
NBC/gja


