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Extremadura

La JEC abre expediente sancionador a Sánchez por hacer el balance en plena campaña electoral en Extremadura

MADRID
SERVIMEDIA

La Junta Electoral Central (JEC) abrió este viernes un expediente sancionador al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por la rueda de prensa ofrecida el pasado lunes en la que realizó el tradicional balance de fin del curso coincidiendo con la recta final de la campaña electoral en Extremadura.

La Junta Electoral decidió por "unanimidad" incoar expediente sancionador al jefe del Ejecutivo por esa rueda de prensa.

Sánchez presentó el informe 'Cumpliendo' el pasado lunes. El año pasado, el presidente compareció el 23 de diciembre para hacer balance de su año al frente del Gobierno. El PP presentó una denuncia ante este órgano por considerar que Sánchez actuó de forma partidista en esa rueda de prensa en la recta final de las elecciones extremeñas que se celebran este domingo, 21 de diciembre.

Según los populares, Sánchez pretendía "influir en las elecciones de Extremadura" sin observar "el mínimo deber de cuidado, con absoluto desprecio a la norma que bien conoce, toda vez que ha sido sancionado en el pasado por hechos similares a estos". La JEC decidió desestimar un recurso presentado por el PSOE y estimar la denuncia presentada por el PP, al considerar que las manifestaciones de Sánchez podrían vulnerar el deber de neutralidad en actos institucionales durante periodos electorales.

Por ello, este órgano declara que las manifestaciones vertidas por Sánchez en la rueda de prensa ofrecida desde el Palacio de la Moncloa para presentar el informe 'Cumpliendo' el día 15 de diciembre de 2025 "podrían vulnerar la prohibición establecida en el artículo 50.2 de la LOREG, así como el deber de neutralidad política que en actos institucionales deben respetar los cargos públicos durante los periodos electorales, conforme al deber de objetividad en la actuación de las administraciones públicas exigida por el artículo 103.1 de la Constitución".

Además, insta al presidente a que durante el resto del periodo electoral "se abstenga de realizar actuaciones como la examinada que puedan suponer la vulneración del deber de neutralidad exigido a las autoridades públicas durante el periodo electoral" e incoa expediente sancionador. Y, por último, ordena al Ejecutivo retirar las expresiones aludidas de la publicación del video del canal oficial "La Moncloa" en YouTube.

Por otro lado, también desde el PP extremeño presentó recurso ante la Junta Electoral territorial apelando al artículo 50.2 de la LOREG que indica que "desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contengan alusiones a la realización de logros o que se utilicen imágenes coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones". Y la Junta Electoral en su resolución señaló que dará traslado a la Junta Electoral de Extremadura a los interesados.

Según el escrito de la Junta Electoral, "contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación".

(SERVIMEDIA)
19 Dic 2025
NVR/PTR/MGN/clc