Tribunales
El juez da tres días a la partes para modificar sus escritos de calificación en el caso del fiscal general
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El magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) Ángel Luis Hurtado ha dado un plazo de tres días a las partes personadas en la causas que afecta al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, para que modifiquen sus escritos de calificación tras el archivo de la investigación para la fiscal jefe provincial de Madrid, Pilar Rodríguez.
En esta causa ha sido procesado el fiscal general por un presunto delito de revelación de secretos que afectan al empresario Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso.
La Sala de Apelaciones del Tribunal Supremo dictó el sobreseimiento de la causa para Rodríguez en un auto de 29 de julio pasado. Ahora las acusaciones pueden formular alegaciones teniendo en cuenta el sobreseimiento y archivo de las actuaciones respecto de la fiscal.
El Tribunal Supremo confirmó el procesamiento del fiscal general del Estado por revelación de secretos tras desestimar los recursos de apelación que habían interpuesto la Fiscalía y su defensa. La Sala tomó la decisión por dos votos a uno, con el voto particular del magistrado progresista Andrés Palomo, mientras que a favor se pronunciaron los magistrados conservadores Julián Sánchez Melgar y Eduardo de Porres.
El sobreseimiento para Rodríguez se adoptó por considerar que los indicios acumulados durante la instrucción eran insuficientes para formular acusación y que en su actuación no hubo indicios de la comisión de delito.
García Ortiz ha agotado todas las posibles vías para evitar el juicio por haber autorizado que la Fiscalía desvelara el contenido de un correo electrónico en el que el abogado de González Amador admitía los delitos fiscales en nombre de su cliente.
En su auto, el Supremo señala que no se cuestiona que la Fiscalía General “pretendiera legítimamente salir al paso de informaciones que consideraba inveraces”, pero dice que para desmentir un bulo “no era preciso revelar información reservada”.
Con respecto a Rodríguez, la Sala de Apelación considera que “debía conocer” el contenido del e-mail, pero entendió que “no hay ninguna evidencia” de que lo filtrara.
(SERVIMEDIA)
01 Sep 2025
SGR/mag