Tribunales

La jueza de la dana pide las grabaciones de Mazón en el Congreso para comprobar si dijo la verdad

MADRID
SERVIMEDIA

La jueza que instruye la causa sobre la gestión de la dana ha pedido las grabaciones de las comparecencias del presidente de la Generalitat Valenciana en funciones, Carlos Mazón, en las comisiones de investigación de Les Corts y el Congreso, ya que ha vertido "diversas aseveraciones que no se corresponden con el contenido de la instrucción".

La jueza requiere a ambas Cámaras para que remitan "a la mayor brevedad" las citadas grabaciones para incorporarlas al procedimiento penal, tal y como había solicitado la acusación que ejerce la Asociación Víctimas de la Dana 29 de octubre 2024, según informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

En su auto, la jueza Nuria Ruiz Tobarra puntualiza sobre las llamadas del presidente con la entonces consejera de Interior, Salomé Pradas, que "no es lo mismo llamadas canceladas", que son las que "el receptor no las admite, que llamadas perdidas". Según la instrucción, las llamadas que Mazón no respondió entre las 18.45 y las 17.30 fueron canceladas, es decir, el receptor las colgó, mientras que el presidente dijo en sede parlamentaria que no las atendió porque no las oyó al llevar el móvil en la mochila.

Según la información aportada por Pradas, las llamadas al presidente que fueron canceladas se produjeron “a las 16.29, 19.10 y a las 19.36 horas". "Ha de reiterarse la existencia de información sobre la gravísima situación, las previsiones meteorológicas, llamadas al 112 (algunas como el conocido caso de Francisca, que por su hijo se ponía en conocimiento que su familia corría el riesgo de ahogarse, pereciendo su padre y sus dos hermanos), avisos de la CHJ o las llamadas al servicio de teleasistencia, de familiares y usuarios que fallecieron", justifica la magistrada.

La jueza también pone en duda la afirmación del presidente en funciones de que no supo que había muertos hasta “las cinco de la mañana del día siguiente". A su entender, "difícilmente se puede fijar a partir de la madrugada del 30 de octubre” ese momento, “tanto por las propias manifestaciones públicas que efectuó el presidente de la Generalitat en el Centro de Emergencias, en su comparecencia retransmitida por À Punt a las 00:35 horas, sino también por elementos anteriores en el tiempo perfectamente documentados".

Así, señala que "se efectuó desde el Centro de Coordinación de Emergencias una solicitud de movilización de la UME, para que realizara sus funciones respecto de la totalidad de la provincia de Valencia, y se hizo constar de forma expresa que ya existían fallecidos. Dicha petición firmada electrónicamente a las 20.33 horas por Jorge S. (en referencia a Jorge Suárez, subdirector de Emergencias), se remitió a las 20.35 horas desde la cuenta del correo electrónico".

En el auto, la jueza destaca la “relevancia” de esas afirmaciones ya que "la comparecencia en cualquier comisión parlamentaria se sujeta a la obligación de decir verdad, el Código Penal tipifica el delito de falso testimonio, y por tanto tiene una relevancia claramente distinta a las manifestaciones que se puedan hacer en sede parlamentaria fuera de una comisión, o mediante declaraciones públicas o por entrevistas".

Recuerda igualmente que "el presidente de la Generalitat no ha hecho uso de la facultad de declarar voluntariamente como investigado ante este Juzgado, lo que le habría eximido de la obligación de declarar ante una comisión de investigación".

Y añade que solicita las grabaciones al tratarse de “un elemento de prueba pertinente”, dadas las “facultades que corresponden al presidente, expresadas en el último párrafo del fundamento jurídico precedente, y las manifestaciones vertidas por el presidente de la Generalitat sobre la toma de decisiones en el ámbito del Cecopi, que expresó que le es ajeno, o el envío del mensaje Es Alert a las 20.11 horas”.

(SERVIMEDIA)
18 Nov 2025
SGR/clc