Tribunales
La jueza de la dana rechaza citar a Rufián y a los padres de una niña que se ahogó
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La jueza que investiga la gestión de la dana, Nuria Ruiz Tobarra, rechazó este viernes citar al diputado de Esquerra Republicana de Cataluña (ERC) Gabriel Rufián, que entregó a la exconsejera de Emergencias valenciana Salomé Pradas un trozo de la cuerda a la que permaneció agarrada una niña que finalmente murió en la riada del 29 de octubre de 2024.
La magistrada también rechaza llamar a declarar a los padres de la menor, como pedía la abogada de la acusación particular que reclamó ambas declaraciones. La magistrada asegura que “no deben” volver a declarar por entender que “es absolutamente perjudicial volver a relatar en sede judicial y de manera injustificada lo sucedido”.
“Tampoco hace falta citarlos para preguntarles qué información recibieron antes y durante la dana, porque la respuesta es sencilla. ¿Para salvar la vida de su hija? Ninguna", dice en su auto la instructora.
Las citaciones fueron solicitadas por la abogada Pilar Esquinas, en representación de la familiar de un fallecido que relaciona lo sucedido el 29 de octubre con geoingeniería marroquí y ritos satánicos. Además, es responsable de difundir bulos sobre el número de fallecidos y sobre supuestos muertos en el aparcamiento de Bonaire en Aldaia, donde no hubo ningún muerto.
La magistrada se planta y asegura que “el padecimiento y muerte de la menor, el dolor de su familia y las circunstancias de su fallecimiento son ampliamente conocidos" y que “ni la madre, ni su padre, necesitan que se les cite otra vez, ya vinieron al Juzgado. Tampoco precisan clarificar lo sucedido. Los padres fueron testigos de cómo el torrente de agua arrastraba a H. S. Su padre se lanzó a salvarla. Ni que se les reitere un ofrecimiento de acciones ya realizado".
Considera la instructora que "tampoco deben explicar, ni su familia ni el señor Gabriel Rufián, por qué dicho trozo de cuerda se encontraba en poder de dicho diputado. Están en su perfecto derecho de entregárselo a quien estimen pertinente".
Y rechaza que ese trozo de cuerda sea una prueba del fallecimiento de la menor porque su cuerpo fue hallado. Tampoco puede aclarar las circunstancias de su muerte, que fueron narrados por su familia y por una vecina que fue testigo de los hechos.
Esgrime la juez que la abogada Pilar Esquinas "no puede actuar en defensa de los intereses de los padres de H. S.”, que tienen su propia defensa ya que forman parte de la Associació víctimes de la dana 29 de octubre de 2024, que también se pronunció en contra de tales peticiones.
(SERVIMEDIA)
19 Dic 2025
SGR/clc


