Elecciones 23-J

La Junta Electoral expedienta a Sánchez por declaraciones partidistas en una rueda de prensa tras un Consejo de la UE

MADRID
SERVIMEDIA

La Junta Electoral Central (JEC) ha incoado expediente sancionador contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por unas declaraciones que realizó el pasado 30 de junio tras la reunión del Consejo de la Unión Europea que, a su entender, quebrantaron la neutralidad que corresponde a su cargo, y le ha pedido que las retire de las webs y redes sociales institucionales.

En esa rueda de prensa, siempre en respuesta a preguntas de los periodistas, Sánchez dijo, por ejemplo, según cita la resolución de la JEC, que "allí donde puedan gobernar porque den los números, el Partido Popular y Vox gobernarán", y que "ese territorio va a retroceder desgraciadamente; en consecuencia, España va a retroceder".

Más adelante, el presidente abundó en que "una cosa es pactar con partidos políticos recortes en derechos a cambio de votos y otra cosa bien distinta" lo que se estaba viendo "en Extremadura, en Valencia, en muchos ayuntamientos y en otras tantas comunidades autónomas, donde de una manera u otra el Partido Popular está gobernando con la ultraderecha y pactando con ella es un recorte obsceno de los derechos a cambio de votos”.

Además, en otro momento, recoge también el acuerdo de la JEC, Sánchez presumió del "extraordinario desempeño de la economía española en el ámbito de crecimiento, en el ámbito de la creación de empleo y también de la evolución de la inflación".

La resolución entiende que estas manifestaciones, distintas del resto de la rueda de prensa, que versó propiamente sobre la reunión del Consejo, "no pueden entenderse imprescindibles para la salvaguarda del interés público o para el correcto desenvolvimiento de un servicio público, como parece pretenderse en el escrito de alegaciones formulado en defensa del presidente" por el Gobierno, por lo cual "se estaría quebrantando el principio de neutralidad institucional".

Citando sus propias resoluciones anteriores, la JEC subraya que "en España los altos cargos de las Administraciones Públicas están al servicio de todos los españoles y que, por consiguiente, está absolutamente prohibido el uso partidista en beneficio de una determinada facción política, de los recursos institucionales que tienen asignados".

"La realización de alusiones y apreciaciones valorativas con connotación electoralista podría resultar legítima en el curso de un acto de campaña o en el ordinario ejercicio de la libertad de expresión, pero no en el desempeño de la actividad institucional propia de una autoridad pública", puntualiza la Junta Electoral, que recuerda que ya sancionó a Sánchez por motivos similares en enero de 2020 y el Tribunal Supremo ratificó la decisión.

Así, la JEC resuelve que "las manifestaciones de referencia vulneraron presuntamente la prohibición que dimana del art. 50.2 de la Loreg, al ser efectuadas en el curso de una rueda de prensa celebrada el 30 de junio de 2023 en la sede de la Representación Permanente de España ante la UE".

(SERVIMEDIA)
12 Jul 2023
KRT/clc