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La justicia europea anula la designación de Meta como 'guardian de acceso' en su plataforma Marketplace
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El Tribunal General de la UE ha anulado la designación por la Comisión Europea de Meta como uno de los 'guardianes de acceso' con obligaciones derivadas de la Ley de Mercados Digitales (DMA) en lo que se refiere a su plataforma Marketplace.
En 2023, el Ejecutivo comunitario catalogó como 'guardianes de acceso' a Alphabet, Amazon, Apple, ByteDance, Meta y Microsoft, al ofrecer una pasarela de acceso importante entre las empresas y los consumidores en relación con los servicios básicos de plataforma.
Por lo que se refiere a Meta, la Comisión consideró que varios servicios ofrecidos por Meta eran servicios básicos de plataforma diferentes, en particular Facebook como red social en línea, Messenger como servicio de comunicaciones interpersonales y Marketplace como servicio de intermediación en línea.
La Comisión consideró que Meta alcanzaba los umbrales cuantitativos establecidos por el DMA, lo que, a su juicio, permitía presumir que cumplía los requisitos para ser designada guardián de acceso y que los servicios indicados eran puertas de acceso importantes para que los usuarios profesionales llegasen a los usuarios finales. También consideró que los argumentos propuestos por Meta no podían desvirtuar esas presunciones.
Meta interpuso un recurso por el que solicitaba la anulación parcial de esta decisión, en la medida en que calificaba a Messenger y a Marketplace de puertas de acceso importantes, en el sentido del DMA.
UMBRAL DE MESSENGER
Mediante una sentencia hecha pública este miércoles, el Tribunal General anula la decisión por la que se designó a Meta como guardián de acceso en relación con Marketplace, pero mantiene, no obstante, su designación en relación con su servicio de comunicaciones interpersonales Messenger.
En lo que respecta a Messenger, el Tribunal General confirma que es un servicio de comunicaciones interpersonales independientes de la numeración diferente de la red social Facebook. Indica que se ofrece a través de aplicaciones autónomas, que puede ser utilizado con independencia de la red social y que Meta promueve herramientas específicas de ese servicio que ofrecen a las empresas la posibilidad de interactuar con los usuarios. Los argumentos basados en la integración de esos servicios no desvirtúan esta conclusión.
El Tribunal General también afirma que la Comisión no erró al determinar que Messenger es, individualmente considerada, una puerta de acceso importante. En efecto, cuando la Comisión calcula los usuarios finales de Messenger para determinar si su número alcanza el umbral cuantitativo establecido por el DMA, no debe tener en cuenta solo los usuarios de Messenger que no son también usuarios de Facebook. Además, el Tribunal General indica que, dada la falta de argumentos suficientemente fundamentados de Meta que pongan en entredicho de forma manifiesta las presunciones del DMA, la Comisión no estaba obligada a iniciar una investigación de mercado antes de concluir que Messenger es una puerta de acceso importante. Por último, el Tribunal General opina que los derechos de defensa de Meta fueron plenamente respetados.
En relación con Marketplace, el Tribunal General constata que la decisión no está suficientemente motivada, ya que la Comisión no ha incluido ningún análisis concreto de dichas modificaciones ni ha explicado la incidencia de estas en su conclusión de que Marketplace permitía a los usuarios profesionales ofrecer bienes o servicios a los consumidores, condición necesaria para calificar a un servicio como servicio de intermediación en línea. La sentencia sostiene que los elementos invocados en la decisión a este respecto son, entre otras cosas, hipotéticos e incompletos.
En estas circunstancias, el Tribunal General concluye que la decisión no satisface las exigencias de motivación respecto de Marketplace, ya que no permite a Meta comprender los motivos por los que aquel es calificado de servicio básico de plataforma de tipo servicio de intermediación en línea ni al juez de la Unión ejercer su función de control. Por ello, anula la decisión en la medida en que designó a Meta como guardián de acceso en relación con Marketplace.
(SERVIMEDIA)
03 Jun 2026
JRN/pai


