Tribunales
La Justicia procesó a 54 personas físicas y jurídicas por delitos de corrupción entre abril y septiembre de 2025
- En ese período se dictaron 34 sentencias, 27 de las cuales fueron total o parcialmente condenatorias
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La Justicia española concluyó en el segundo y tercer trimestre de 2025 un total de 10 procedimientos por delitos de corrupción, en los que se dictó auto de apertura de juicio oral o de procesamiento contra un total de 54 personas (47 físicas y siete jurídicas), que fueron o serán llevadas a juicio por este tipo de delitos.
En el segundo trimestre los procedimientos concluidos fueron siete y las personas físicas respecto de las que se dictó auto de apertura de juicio oral o de procesamiento, siete también. En el tercer trimestre, los órganos judiciales concluyeron tres procedimientos que afectaban a 20 personas físicas y siete jurídicas.
Así lo revela el repositorio de datos sobre procedimientos por corrupción del Consejo General del Poder Judicial tras la incorporación de la información correspondiente al semestre comprendido entre el 1 de abril y el 30 de septiembre de 2025, que también incluye el número de sentencias dictadas, que fue de 34, de las que19 fueron en el segundo trimestre y 15 en el tercero.
El repositorio, que fue presentado el 12 de enero de 2017, es de acceso público en la web 'www.poderjudicial.es' y permite a la ciudadanía conocer la acción de la Justicia en el marco global de la lucha contra la corrupción a través de sus principales indicadores, que se actualizan de forma trimestral.
La información que ofrece el repositorio corresponde a la denominada corrupción pública, entendiendo que es ésta la que más altos índices de preocupación causa en la ciudadanía. De este modo, los procedimientos judiciales cuyos datos se reflejan en el repositorio tienen como sujetos activos a funcionarios públicos, gobernantes y políticos en el ejercicio de sus cargos, y como uno de los elementos del tipo la afectación de dinero público, abarcando así tanto la corrupción administrativa como la corrupción política.
Estos fenómenos se recogen en el Código Penal como delitos de prevaricación urbanística y contra el patrimonio histórico (artículos 320 y 322), prevaricación de funcionarios públicos (art. 404, 405 y 408), infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos (art. 413, 414, 415, 416, 417 y 418), cohecho (art. 419, 420, 421 y 422), tráfico de influencias (art. 428, 429 y 430), malversación (art. 432, 433, 434 y 435), fraudes y exacciones ilegales (art. 436, 437, 438 y 438 bis), negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y abusos en el ejercicio de su función (art. 439, 441, 442, 443 y 445) y propiedad intelectual e industrial, mercado y consumidores (corrupción en los negocios) del art. 286 ter.
SENTENCIAS
Entre el 1 de abril y el 30 de septiembre de 2025, los Juzgados y Tribunales dictaron un total de 34 sentencias en procedimientos por delitos de corrupción. De ellas, 27 fueron total o parcialmente condenatorias y siete, absolutorias, lo que supone que el fallo fue condenatorio en cuatro de cada cinco casos (el 79,4%).
(SERVIMEDIA)
08 Ene 2026
SGR/clc


