Bienestar animal

Kiwoko difunde el decálogo de Aedpac que recoge los cambios de la nueva Ley de Bienestar Animal

Madrid
SERVIMEDIA

Kiwoko, grupo de tiendas especializadas en el cuidado animal, acerca a los ciudadanos el decálogo que elabora la Asociación Española de industria y el Comercio del sector del animal de compañía (Aedpac) y que abarca los principales cambios que incluye esta nueva ley.

Según aseguró la compañía, la aprobación de la nueva Ley de Bienestar Animal continúa generando grandes interrogantes entre los profesionales y empresarios del sector, así como en las familias con animales. Por ello, la compañía pone a disposición el decálogo Aedpac, con una serie de puntos claves sobre la ley y explicados de forma sencilla.

Respecto a la prohibición de animales, la gran mayoría de los que se están comercializando en la actualidad se podrán seguir vendiendo. En lo que concierne a la compra de animales en tienda, la ley permite la venta en comercios especializados de conejos, cobayas, reptiles, roedores, periquitos, canarios, peces y tortugas. Perros, gatos y hurones sólo podrán ser adquiridos a través de un criador registrado.

No se podrán comprar animales por internet, pero sí se podrán anunciar. Como novedad, solo se podrá tener animales que aparezcan en un ‘listado positivo de Especies Silvestres y otro de Especies Domésticas’. En cuanto a la adopción de animales en tienda, la ley permite que las tiendas tengan un acuerdo de colaboración con protectoras.

La nueva ley mantiene los mismos compromisos de seguir con las obligaciones de cuidado a los animales de compañía en todos los sentidos. Así mismo, recoge la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil. También, si se tiene un perro o se piensa adquirir uno, hay que hacer un curso de formación gratuito, aunque todavía no se ha regulado.

La esterilización será obligatoria en dos casos: para gatos antes de los 6 meses de edad y en caso de adopción de perros y hurones, la entidad protectora deberá esterilizarlos antes de la adopción. Respecto a los criadores, la ley le obliga a adoptar las medidas necesarias para evitar la reproducción incontrolada o a registrarse como criador si quiere realizar esta actividad. Finalmente, en cuanto a la identificación no se exige como tal un DNI pero si se recomienda el uso del microchip, aseguró Kiwoko en base al decálogo.

(SERVIMEDIA)
06 Jun 2023
LSM/clc