Violencia vicaria

La ley contra la violencia vicaria retirará la patria potestad a los condenados por violencia machista

- Se configura la violencia vicaria como un agravante de violencia de género

- La norma refuerza la escucha de los menores y cambios en su custodia

MADRID
SERVIMEDIA

El anteproyecto de Ley contra la Violencia Vicaria, aprobado este martes por el Consejo de Ministros en segunda vuelta, contempla la privación automática de la patria potestad a los condenados por delito grave de violencia de género o contra los hijos, además de límites en la custodia de menores.

Así lo explicó la ministra de Igualdad, Ana Redondo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros en la que también destacó que el texto abandona la creación de un delito específico de violencia vicaria previsto inicialmente y opta por incorporarla como un agravante de violencia de género al artículo 22 del Código Penal.

De este modo, las penas por delitos cometidos contra hijos u otras personas del entorno de la mujer víctima con la finalidad de dañarla podrán imponerse en su mitad superior. Redondo explicó que se optó por el agravante de género para que no haya lugar a interpretaciones o dudas de que la "violencia vicaria es violencia de género".

Sobre la principal novedad del ámbito civil, que es la citada medida sobre la patria potestad, el texto recoge que quedará suspendida automáticamente cuando exista una sentencia firme condenatoria por un delito grave de violencia de género o de violencia ejercida contra los hijos, de manera que la resolución penal tendrá un reflejo directo en la jurisdicción civil.

Este automatismo entre jurisdicciones está limitado por la existencia de dicha sentencia condenatoria firme en el ámbito penal, aunque podría llegar a rozar con la independencia judicial. En su caso, la recuperación de la patria potestad solo sería posible mediante la cancelación total de antecedentes penales.

La norma mantiene la definición de violencia vicaria como la ejercida contra personas interpuestas con el objetivo de dañar a una mujer por parte de su pareja o expareja, aunque amplía y concreta el colectivo de personas interpuestas.

En este elenco de personas figuran los menores del entorno de las víctimas, las personas mayores con discapacidad, los descendientes y ascendientes de las víctimas, hermanos y las personas convivientes con las víctimas.

En cambio, el texto no recoge a las mascotas dentro de este grupo, pero fuentes de Igualdad manifestaron su esperanza en que esta cuestión se incluya durante la tramitación parlamentaria de la norma.

ESCUCHAR A LOS MENORES

Otra de las cuestiones clave de la norma aprobada, que comenzará así su trámite parlamentario, es la relacionada con la guarda y custodia de menores. Se introducen límites a la custodia compartido, excluyéndolo cuando pueda resultar perjudicial para la salud física, psíquica o emocional de los hijos.

Asimismo, la norma expone la obligación de escuchar a los menores durante los procedimientos que les afecten como el régimen de guarda y custodia, salvo circunstancias excepcionales. Precisamente, en caso de que no se pueda escuchar a los menores por motivos excepcionales, el texto dice que se escuchará a los menores mediante sus representantes legales, siempre que no haya conflicto de intereses, y con especialistas presentes.

Del mismo modo, se modifica el artículo 94 del Código Civil para reforzar la fundamentación a la hora de establecer un régimen de visitas, comunicación o estancia respecto del progenitor incurso en un proceso penal, cuando existan indicios racionales fundados de violencia doméstica o de género. Esta cuestión es una de las demandas de las asociaciones de madres y víctimas de violencia vicaria y parte de la premisa de que “maltratador no puede ser buen padre”.

Así, se refuerza la escucha a los menores, aunque está también recogida ya en la Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (Lopivi). Esta medida pretende evitar casos como el del hijo menor de Juana Rivas.

En este sentido, también se prevé agilizar los procedimientos civiles relacionados con conflictos familiares y se incorporan “juicios verbales”, con el objetivo de que, si existe un proceso penal en marcha, el civil pueda estar acompasado.

Además, el anteproyecto de ley incorpora una nueva pena “accesoria”, ya contemplada en el texto aprobado en primera vuelta en septiembre del año pasado.

Esta pena permitirá a los jueces prohibir la publicación o difusión de mensajes, textos, imágenes u otros contenidos relacionados con el delito cometido, una medida diseñada para evitar que sucedan casos como el del libro ‘El odio’ sobre José Bretón.

FORMACIÓN Y REPARACIÓN

Otras medidas que se incorporan a este texto incluyen la formación específica a todos profesionales de la Justicia que tienen que juzgar o abordar casos de violencia vicaria.

Se exigirá que los contenidos en materia de violencia vicaria sean obligatorios en el acceso y promoción en carrera judicial. Al mismo tiempo, se mantiene la previsión de impulsar herramientas de sensibilización y concienciación sobre este tipo de violencia.

En cuanto a medidas de reparación, este proyecto contempla modificar el artículo 54 de la Ley del Registro Civil para facilitar el cambio de apellido de víctimas supervivientes o fallecidas de violencia vicaria para evitar, entre otras cosas, la revictimización y un vínculo con el presunto agresor.

Otra modificación incluida en esta nueva norma es en la Ley de Seguridad Social, para que los agresores no puedan obtener beneficios o prestaciones derivadas de la situación de una víctima como, por ejemplo, cobrar una pensión, si la victima fallece.

Esta norma afecta a hasta 10 leyes ya existentes, entre las que se encuentran la Ley del Poder Judicial, el Código Penal, la Ley de Protección Jurídica del Menor, la Ley de Violencia de Género, la Ley del Registro Civil, y Ley de Seguridad Social.

Durante la rueda de prensa, Ana Redondo celebró la aprobación de este anteproyecto porque responde a varias medidas del Pacto de Estado contra la Violencia de Género y aseguró que España está “a la vanguardia” en esta materia y considera que esta ley conforma una protección a víctimas “holística”.

(SERVIMEDIA)
14 Jul 2026
AGG/gja

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