MAREY. EL SUPREMO DECIDE LA APERTURA DEL JUICIO ORL Y SEPARA DEL CASO A JUAN DE JUSTO, SECRETARIO DE VERA
- Tampoco declararán Perote y Manglano, que "no tienen actuaciones concretas en relación con el secuestro de Marey"
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, encargada de las diligencias abiertas por el secuestro del súbdito francés Segundo Marey, decidió hoy la apertura del juicio oral, del que se excluye a Juan de Justo, secretario deRafael Vera.
Además, el Alto Tribunal ha decidido separar del mismo sumario a Félix Hernado Martín y Aníbal Machín Llamas, a quienes se acusaba de actuar supuestamente como "correos" de los maletines con fondos reservados que se dirigían a Suiza para pagar presuntos hechos delictivos.
El auto dado a conocer hoy por el Supremo no aporta ningún delito nuevo para los quince procesados en la causa que, tras la decisión de la Sala Segunda, quedan definitivamente en doce: José Barrionuevo, Rafael Vera,Julián Sancristóbal, Francisco Alvarez, Miguel Planchuelo, Julio Hierro, Juan Ramón Corujo, Luis Hens Serena, Francisco Sainz Oceja, Ricardo García Damborenea y los ex policías José Amedo y Michel Domínguez.
Además, subraya que no acepta las solicitudes de las defensas de Ricardo García Damborenea y Julían Sancristóbal en las que ambos aseguraban que habían prescrito sus respectivas responsabilidades en el tema. "No ha lugar por ahora a ninguna declaración de prescripción de delitos", concluye el Suprmo.
SOLO ACTUACIONES "CASO MAREY"
El auto del Supremo destaca que, en caso de que se utilizara un criterio amplio en cuanto al concepto de delitos conexos al propio "caso Marey", se podría incluir dentro de este procedimiento una pluralidad tan elevada de hechos posiblemente delictivos que sería "prácticamente imposible" manejar el correcto funcionamiento de la causa penal.
Por ello, deciden apartar temas relacionados con el uso de fondos reservados, si bien toman como excepción la supuesta utiización de dinero procedente de las arcas públicas para pagar a los mercenarios que participaron en el secuestro en Francia de Segundo Marey, el 4 de diciembre de 1983.
El Alto Tribunal entiende que las declaraciones de acusados y testigos, los careos, la aportación de documentos (papeles del Cesid, entre otros), los requerimientos a directores de periódicos, la audición de determinada cinta magnetofónica y otras comunicaciones "no son necesarias para la formulación de las calificaciones (...) puesto ue ya hay datos suficientes".
EXCLUSION DE GONZALEZ, SERRA Y BENEGAS
De acuerdo con las consideraciones de no hacer muy extensivo el juicio, que aparecen en el auto hecho público hoy por la Sala Segunda del Supremo, se acuerda también no citar a declarar como imputados al ex presidente del Gobierno, Felipe González, al entonces ministro de Defensa Narcís Serra, ni al parlamentario socialista José María Benegas. "Sus comparecencias no habrían de modificar en lo sustancial la situación", puntualiza elAlto Tribunal.
Además, en cuanto a la posibilidad de imputar o procesar a Juan Alberto Perote Pellón y Emilio Manglano, de acuerdo con lo solicitado por la acusación popular, el Supremo asegura que "no se atribuye a ninguno de estos señores ninguna actuación concreta en relación con el secuestro de Segundo Marey", si bien apunta "una participación en la planificación y creación incial del Grupo GAL".
El subdito francés Segundo Marey fue secuestrado por dos mercenarios el día 4 de diciembre de 198 y puesto en libertad diez días después. Como consecuencia de este secuestro el juez Eduardo Móner inició una investigación que luego retomó el juez Baltasar Garzón a mediados de 1994.
En el banquillo de los acusados se sentará el ex ministro José Barrionuevo, acusado de delitos de relación con banda armada, detención ilegal y malversación de caudales públicos.
Además serán juzgados por esta causa el ex secretario de Estado para la seguridad Rafael Vera, el ex director general de la Seguridad Julán Sancristóbal, el ex jefe del Mando Unico de la Lucha Antiterrorista Francisco Alvarez, el secretario general de los socialistas vizcaínos Ricardo García Damborenea y el ex comisario Miguel Planchuelo.
Además, están procesados los ex policiás José Amedo y Míchel Domínguez, quienes ya fueron condenados a 108 años de cárcel por sus relaciones con los GAL y cuyas declaraciones al juez Garzón a finales de 1994 desecandenaron la investigación del magistrado sobre esta acción, la primera reivindicada por sa organización terrorista.
(SERVIMEDIA)
30 Sep 1997
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