Consumo

La OCU advierte de que circular con un patinete eléctrico sin registro ni seguro podría sancionarse con hasta 1.220 euros

MADRID
SERVIMEDIA

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) advirtió este viernes de que circular con un patinete eléctrico sin registro ni seguro podría sancionarse con hasta 1.220 euros.

Así lo precisó en un comunicado en el que subrayó que la “primera consecuencia” de circular con un patinete no registrado, y por lo tanto no asegurado, son una sanción de entre 202 y 610 euros por falta de inscripción en el Registro de la DGT y otra por el mismo importe por no tener el patinete cubierto por un seguro obligatorio, o de entre 250 y 800 euros si no estuviera en vigor, además de la inmovilización y la posible retirada a depósito en las instalaciones municipales.

Junto a ello, indicó que el coste de asumir la responsabilidad civil sin estar asegurado puede superar “fácilmente” los 200.000 euros e incluso 500.000 euros si se hubieran causado lesiones graves.

En este contexto, animó a todos los propietarios de un patinete eléctrico a “cumplir cuanto antes” con los trámites exigidos por el Real Decreto 52/2026, dado que la tasa del registro en la DGT solo cuesta 8,67 euros si el patinete está certificado, más otros 20 euros por imprimir y pegar una etiqueta identificativa homologada.

“Eso sí, en el caso de que el modelo no estuviera homologado habría que acudir a un laboratorio autorizado por la DGT, un proceso que puede resultar complejo y costoso. De ahí la importancia de comprobar esta circunstancia, sobre todo si se está pensando en adquirir un modelo nuevo”, abundó.

PÓLIZAS

A su vez, destacó que la prima de una “buena” póliza tiene un coste de entre 60 y 160 euros al año y que, además de la responsabilidad civil del conductor que cubre el seguro obligatorio, “conviene comprobar que también cubre los daños sufridos por él mismo si fuera responsable del accidente” y que otras coberturas “útiles” son el robo, el incendio o los desperfectos del propio vehículo.

OCU recordó que, aunque se admite la conducción de este tipo de vehículos a partir de los 15 años, está prohibido transportar a un pasajero, una infracción con una multa de 100 euros, al igual que circular por las aceras o sin casco desde el próximo 1 de octubre, infracciones sancionadas con otros 200 euros cada una.

Por último, alertó de que, si se circula de noche o con poca visibilidad por circunstancias climatológicas, debe llevarse un elemento luminoso o reflectante y de que desde el 1 de octubre de 2027 será obligatorio llevar las luces encendidas de forma permanente, tanto de día como de noche.

(SERVIMEDIA)
18 Sep 2026
MJR/gja