Alimentación
El pan sin gluten estará regulado a partir de ahora por la norma de calidad del pan
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El Consejo de Ministros aprobó este martes un real decreto que modifica y deroga diversas disposiciones reglamentarias en materia de calidad alimentaria, para adaptar la normativa a la innovación tecnológica y a las nuevas demandas del consumidor. Así, por ejemplo, el pan sin gluten estará regulado por la norma de calidad del pan.
La actualización busca ofrecer información más clara, reforzar la trazabilidad, incorporar avances en procesos y productos, y mejorar la competitividad del sector agroalimentario, según informa en un comunicado el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que destaca entre las principales novedades que trae la disposición la inclusión del pan sin gluten dentro de los productos regulados por la norma de calidad del pan, en la que hasta ahora no estababa contemplado.
Según el Gobierno, con ello da respuesta a una demanda del colectivo celíaco y se da cobertura normativa a una oferta creciente de un producto vinculado a necesidades específicas de un buen número de consumidores por intolerancias.
Con la modificación aprobada, se habilita a que productos no elaborados con harina puedan denominarse pan, siempre que cumplan los demás requisitos establecidos en la norma de calidad de este producto básico.
HORCHATA Y AZÚCAR
Otra novedad incluida en el real decreto que afecta a productos de consumo cotidiano es la autorización de elaborar horchata sin azúcares añadidos y con contenido reducido de azúcar, aunque para preservar su calidad tradicional se prohíbe el uso de edulcorantes y colorantes.
Asimismo, el decreto redefine el concepto 'preparados grasos', para evitar que mezclas de aceite de oliva con otros aceites vegetales se comercialicen bajo esa denominación.
En lo que se refiere a galletas, se elimina el límite máximo de cenizas para facilitar las nuevas formulaciones con integrales, fibras y otros ingredientes innovadores.
En vinagres, se reconocen prácticas tradicionales (especialmente en productos con Denominación de Origen o Indicación Geográfica Protegidas), se amplían ingredientes permitidos y se flexibiliza la tolerancia en la indicación de acidez para los vinagres con los mencionados sellos de calidad.
El decreto regula nuevas menciones de valor añadido demandadas por el consumidor, como 'natural' y 'elaboración artesana'. Además, se reconoce el 'jamón de pavo' como denominación consagrada por el uso, se elimina “mortadela bolonia” de la lista de denominaciones y se refuerza la trazabilidad en jamones y paletas curados y la información sobre la fecha de entrada en salazón.
El texto también exige en el segmento de aceitunas que en los rellenos en forma de pasta se indiquen claramente los ingredientes, y se mantienen denominaciones tradicionales como “aceitunas rellenas de anchoa”.
Respecto a la sidra, se incorporan las sidras de hielo y se recuperan prácticas tecnológicas como clarificación, despectinización, decoloración y desodorización.
(SERVIMEDIA)
24 Feb 2026
JRN/clc


