Discapacidad
Las personas con discapacidad podrán trabajar sin renunciar a las prestaciones del sistema de dependencia
- La reforma legal emprendida por el Gobierno obliga a hacer accesible el patrimonio histórico y cultural

El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Consejo de Ministros dio luz verde este martes en segunda vuelta al proyecto de ley que reformará la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia y la Ley General de los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Inclusión Social, que establecerá el reconocimiento expreso de la compatibilidad entre el empleo y las prestaciones del Sistema de Autonomía Personal y Atención a la Dependencia (SAAD).
El proyecto de ley también recoge la obligación de que las administraciones públicas garanticen la accesibilidad universal en el patrimonio histórico y cultural, así como la consideración de la accesibilidad como derecho subjetivo y exigible ante cualquier instancia. Asimismo, suprime el régimen de incompatibilidades en las prestaciones de dependencia (no será necesario elegir entre asistir a un centro de día o disponer de atención domiciliaria) y el plazo suspensivo de dos años de las prestaciones económicas para cuidados del entorno familiar.
Impulsado por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, el proyecto de ley pasa ahora al Congreso de los Diputados, donde iniciará su tramitación parlamentaria. Según el titular de este departamento, Pablo Bustinduy, se trata de “un paso decisivo para construir un sistema de cuidados público y de calidad para las personas en situación de dependencia y las que tienen una discapacidad” que “promoverá el derecho universal al bienestar, a la vida independiente y la autonomía personal”.
NOVEDADES
La reforma del SAAD “dejará expresamente claro” que es posible compatibilizar el acceso al empleo con los servicios y prestaciones del sistema, una modificación “clave” a la hora de avanzar en la autonomía de las personas con discapacidad. Hasta ahora, muchos beneficiarios de servicios o ayudas del SAAD se veían obligados a renunciar a estos apoyos al iniciar una actividad laboral, ya fuera por cuenta ajena o por cuenta propia.
Según el ministerio, tal situación generaba un desincentivo para el empleo y dificultaba los proyectos de vida autónomos, especialmente en el ámbito de la discapacidad. Una de las consecuencias más frecuentes es la pérdida de plazas en centros ocupacionales, explicó, cuya recuperación posterior resulta complicada.
De aprobarse la nueva ley, cuando una persona reciba una oferta de empleo o unas prácticas formativas, no habrá ninguna duda de que podrá mantener su plaza en el centro durante el tiempo necesario para valorar la continuidad del puesto de trabajo. Derechos Sociales sostiene que esto garantizará una transición segura hacia el empleo y evitará que la aceptación de una oportunidad laboral implique la renuncia a recursos fundamentales para la autonomía personal.
ACCESIBILIDAD
El proyecto de ley aprobado hoy se presenta como un desarrollo normativo del nuevo artículo 49 de la Constitución, por lo que modifica la Ley de Discapacidad para el reconocimiento de derechos fundamentales como, por ejemplo, la accesibilidad universal.
Además, la norma hace una mención específica a la situación de las mujeres con discapacidad e incide en la importancia de garantizar su salud sexual y reproductiva. Alude también a los niños y a las niñas con discapacidad, poniendo el foco en el fomento del desarrollo infantil a través de los servicios de atención temprana.
En este sentido, la nueva ley estipula la accesibilidad universal como reivindicable ante cualquier instancia, por lo que su cumplimiento se podrá exigir en edificios o en servicios que sean públicos. Con tal fin se creará un Programa Estatal de Promoción de la Accesibilidad Universal que financiará las intervenciones que sean necesarias (instalar rampas para sillas de ruedas, crear QR de audiodescripciones, etc.).
El proyecto incluye una modificación de la Ley de Propiedad Horizontal para obligar a las administraciones competentes a ofrecer ayudas económicas con las que realizar obras de accesibilidad en edificios de viviendas. Obligará también a la comunidad de vecinos a solicitar estas ayudas si alguna de las personas residentes así lo solicita.
Por otra parte, el nuevo texto facilitará los requisitos a la hora de acceder a estas ayudas, rebajando del 75% al 70% el porcentaje de financiación de la obra a pagar por la comunidad de vecinos.
El texto añade como novedad en esta segunda vuelta la obligación de garantizar la accesibilidad en el patrimonio histórico y cultural. De este modo, las administraciones competentes deberán adoptar medidas de accesibilidad física y cognitiva que lo aseguren (mediante lectura fácil, pictogramas y tecnologías de apoyo).
El desarrollo de la accesibilidad no solo se tendrá en cuenta para espacios, sino también en servicios públicos. Este es el caso de las Juntas Arbitrales de Consumo que, según la futura norma, asegurarán el acceso universal mediante procedimientos accesibles.
FIN DE LOS RECORTES
Según Bustinduy, este proyecto de ley ampliará el catálogo de servicios y prestaciones para las personas en situación de dependencia y las que tienen una discapacidad. Además, prosiguió, “va a revertir dos recortes importantes” de la década anterior.
En primer lugar, suprimirá el régimen de incompatibilidades en las prestaciones de la dependencia que se introdujo en el año 2012 y que seguía vigente en la ley estatal (aunque casi todas las comunidades lo habían eliminado), y eliminará el plazo suspensivo máximo de dos años en el cobro de las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar. Esta reforma legislativa incluye nuevos servicios en el catálogo de prestaciones del SAAD, como apoyos en viviendas compartidas y también nuevos modelos de convivencia colaborativa.
Mediante préstamo o cesión temporal, prevé servir productos de apoyo que mejoren la autonomía de los usuarios, como sillas de ruedas eléctricas, andadores, camas articuladas o asistentes de voz.
Otra novedad incorporada en el proceso de escucha a la sociedad es la extensión de la prestación económica para cuidados familiares hasta el último día del mes en el que se produzca el deceso de la persona dependiente, a fin de evitar que la familia o el cuidador deban reintegrar prestaciones ya percibidas. “Supone un gesto de reconocimiento y respeto hacia quienes cuidan”.
CUIDADOS EN EL DOMICILIO
Asimismo, se permitirá que personas allegadas sin parentesco (amigos, parejas, vecinos…) puedan recibir la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, y también que una persona en situación de dependencia en grado II o III se beneficie de una prestación o servicio transitorios que se adapte a su voluntad, deseos y circunstancias cuando no logre acceder de inmediato al recurso que ha solicitado y que le corresponde por grado.
Si una persona pide entrar en un centro residencial que está cerca de su casa, pero no hay plazas, durante el tiempo que está en lista de espera tendrá opción a recibir una prestación alternativa acorde con su grado, como podría ser la ayuda en el domicilio. De esta manera, recibirá una prestación transitoria hasta que obtenga plaza en su centro residencial de referencia, en lugar de tener que acudir a otro que esté más lejos de su casa y donde la persona tiene menos conexiones sociales, como ocurre actualmente.
Esta reforma legislativa incluye una extensión del servicio de ayuda en el domicilio a actuaciones que van más allá del ámbito doméstico y de las necesidades de cuidado personal. De hecho, su persona cuidadora tendrá la posibilidad de acompañarle en otras actividades dentro de su entorno comunitario, como ir al médico o a hacer la compra.
En esta línea, la reforma también incluye la asistencia personal como un servicio más del Sistema y reconoce la teleasistencia como un derecho universal para todas las personas en situación de dependencia, garantizando su acceso con independencia del territorio en el que residan.
Eleva a rango de ley el carácter complementario de la teleasistencia, que no podrá considerarse como única prestación, sino que deberá combinarse con otros apoyos. También se amplía su ámbito de aplicación más allá del domicilio, permitiendo a personas que viven en residencias recibir este servicio.
CENTROS DE DÍA
Otra novedad que incluye el texto aprobado este martes es la consideración de los centros de día como un servicio de proximidad fundamental para la permanencia de las personas en su domicilio, lo que implica que se abrirán a prestar apoyos también fuera de sus instalaciones.
Atenderán en sus propios domicilios o en espacios de su entorno a aquellos usuarios que vivan cerca y lo requieran. Los centros de día también servirán de referencia para personas que no son sus usuarias pero que pueden encontrar en ellos otro tipo de servicios.
Otro derecho importante que recoge esta reforma es el de garantizar una atención sanitaria a personas en situación de dependencia sea cual sea el lugar en el que viva, incluyendo las residencias. Se establecerán las bases para que los gobiernos autonómicos implementen procedimientos de coordinación entre sus servicios sanitarios y sociales.
MENOS BUROCRACIA
La reforma de las leyes de Autonomía Personal y de Discapacidad también contiene medidas destinadas a agilizar y acelerar los procesos administrativos, como el reconocimiento automático de un 33% de discapacidad a las personas a las que se les asigne un grado I en el SAAD.
Además, se incorporó en segunda vuelta que las personas que obtengan un grado II o III de dependencia tendrán una pasarela para ser reconocidas con el 65% de discapacidad. Las personas que lo deseen, podrán solicitar una valoración individualizada de la discapacidad, a fin de obtener un grado mayor del previsto en estas pasarelas.
SALUD MENTAL
La nueva ley establecerá un nuevo marco de atención a las personas con problemas de salud mental, basado en su autonomía y en la participación. Así, proclama que todas las intervenciones deben partir del consentimiento libre e informado y priorizar el respeto a la voluntad de la persona y el uso de apoyos en la toma de decisiones.
Prohíbe expresamente prácticas coercitivas o involuntarias injustificadas, incluidos internamientos por razón de discapacidad, e impone garantías procesales reforzadas. n grado superior al previsto automáticamente en estas pasarelas.
También refuerza la persecución de aquellos espectáculos cómicos que se orientan a ridiculizar y denigrar a personas con discapacidad por motivo de esta condición, que pasarán a considerarse una infracción muy grave dentro de las contempladas en la Ley general, por lo que podrán multarse con hasta un millón de euros.
Además, alude a la necesidad de diseñar una Inteligencia Artificial (IA) libre de sesgos, y señala que las personas con discapacidad serán grupo preferente dentro del sistema español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
(SERVIMEDIA)
15 Jul 2025
AGQ/gja